In Re: Augusto C. Medina Perea, 2015 T.S.P.R. 173

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas432-432

Page 432

Reinstalación al Ejercicio de la abogacía.

Se reinstala al Lcdo. Augusto C. Medina al ejercicio de la abogacía. Se concede término de 30 días a la Sociedad para la Asistencia Legal de Puerto Rico para que se exprese sobre la exención del pago de aranceles por testimonios otorgados por el licenciado Medina Perea en el ejercicio de sus funciones como abogado de la Sociedad...

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