In Re Caratini 2001 J.T.S. 45

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas110-112

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Evaluación y Suficiencia de la Prueba. Afidávit.

Hechos: El 3 de octubre de 1986, el entonces Presidente del Banco de la Vivienda, Sr. José A. Rivera, solicitó al Departamento de Justicia una investigación en torno al subsidio de vivienda otorgado a la Sra. Carmen H. Deyó Ferrer; denunció que ella había suministrado información falsa para cualificar para dicho subsidio. La investigación reveló que el abogado notario Félix Caratini Alvarado preparó y autenticó dos afidávits en los cuales la Sra. Deyó Ferrer afirmó falsamente ser madre soltera, que no recibía ayuda del padre de sus dos hijos y que residía con ellos en casa de su padre (abuelo). Al declarar ser jefe de familia, la Sra. Deyó Ferrer fraudulentamente "cumplió" con el requisito legal para obtener subsidio para la compra de una vivienda. El notario Caratini Alvarado preparó los afidávits en su oficina y en ambos dio fe de conocer personalmente a la Sra. Carmen H. Deyó Ferrer.

El Departamento de Justicia acusó al Lcdo. Caratini Alvarado del delito grave de perjurio, ya que alegadamente "preparó y juramentó una declaración falsa sobre hechos esenciales con conocimiento de la falsedad de lo declarado". El Tribunal Superior lo declaró no culpable; ello no obstante, el magistrado que presidió los procedimientos hizo constar "que en cuanto a la Ley Notarial puede haber un delito, pero en ese caso no puede intervenir".

El Procurador General presentó querella sobre conducta profesional impropia de parte del notario; le imputó violar los Cánones 35 y 38 de Ética Profesional al preparar los afidávits y que incumplió la Ley Notarial al no incluir los afidávits en el informe mensual radicado en la Oficina de Inspección de Notarías.

El Lcdo. Caratini Alvarado aceptó "que la firma que aparece en los afidávits es la del querellado, así como el sello notarial en ambos documentos. El

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querellado admite que la firma es la suya y admite que no se incluyeron en el Registro de Afidávits, ni se informaron en el Indice Notarial. Alega que ello obedece a que obviamente fueron sustraídas por la declarante en el plan común para defraudar al Banco de la Vivienda, así como la United Mortgage, sin darse o percatarse el querellado de la anomalía, puesto que la secretaria en su función, ocultó estos hechos, dando margen así a que no figuraran en el Registro, ni en el Informe. Caratini Alvarado adujo que el testimonio de la Sra. Deyó Ferrer no debería merecer crédito, pues fue a cambio de una...

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