In Re: Javier Pérez Rojas, 2016 T.S.P.R. 105

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas226-227

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Conducta Profesional. Canon 9 de Ética Profesional.

Hechos: El 22 de junio de 2015, la Sra. Christine M. Mac Lachlan Rodríguez presentó una queja contra el Lcdo. Javier Pérez Rojas. La promovente aduce que el abogado fue contratado para la presentación de una solicitud de declaratoria de herederos y que no realizó la misma, a pesar de haberle satisfecho una suma excesivamente alta de honorarios.

De conformidad con el procedimiento dispuesto en la Regla 14(c) del Reglamento del Tribunal Supremo, la Secretaría del Tribunal le cursó una comunicación al abogado para que este cumpliera con su obligación de contestar la queja. El abogado incumplió. La Secretaría le cursó otra comunicación, con

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fecha de 13 de agosto de 2015, en la que le concedió al licenciado Pérez Rojas un término adicional para contestar la queja.

Ante el incumplimiento del abogado, el Tribunal le ordenó que contestara la queja en un término final e improrrogable de 5 días; fue apercibido de que su incumplimiento conllevaría sanciones disciplinarias severas, incluyendo la suspensión del ejercicio de la profesión. El licenciado Pérez Rojas no compareció.

Decisión del Tribunal Supremo: Suspende inmediata e indefinidamente al abogado por incumplir con su deber de contestar una queja presentada en su contra y por desobedecer las órdenes del Tribunal Supremo.

Fundamentos legales: El Código de...

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