In Re: Javier Torres Soba Y Otros 2016 T.S.P.R. 170

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas334-336

Page 334

Conducta Profesional. P.E.J.C.

Hechos: La Hon. Geisa M. Marrero Martínez, Directora Ejecutiva del P.E.J.C., compareció ante el Tribunal Supremo, por mandato de la Junta de Educación Jurídica Continua, mediante informes sobre incumplimientos con los requisitos del P.E.J.C. Informa que los abogados: Lcdo. Javier Torres Sobá, Lcdo. Enrique G. Banuchi Ríos, y el Lcdo. José A. Ramos Jiménez han incumplido con el Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua de 2005 y han desatendido sus requerimientos en varias ocasiones.

  1. Lcdo. Javier Torres Sobá: Fue admitido al ejercicio de la abogacía y prestó juramento como notario en 2002. El 6 de noviembre de 2015 la Directora del P.E.J.C. compareció ante este Tribunal mediante Informe sobre incumplimiento con requisito de educación jurídica continua. El P.E.J.C. citó al licenciado Torres Sobá para una vista informal, a la cual el abogado compareció por escrito. En su misiva, el licenciado Torres Sobá explicó que por razones personales y económicas no cumplió con los requisitos del periodo 2009-2011, pero que comenzaría a tomar los cursos. A su vez, anejó a su comparecencia escrita un giro postal por $50.00 como pago por el cumplimiento tardío.

    El P.E.J.C. le notificó al licenciado Torres Sobá su determinación, mediante la cual le concedió un término de 30 días para subsanar la deficiencia del mencionado periodo y pagar la multa de cumplimiento tardío. A pesar de habérsele brindado al abogado suficiente oportunidad de...

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