In Re: Kermidt R. Troche Mercado, 2016 T.S.P.R. 42

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas95-97

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Conducta Profesional. O.D.I.N.

Hechos: El licenciado Troche Mercado fue admitido al ejercicio de la abogacía y al de la notaría en 1997. El 19 de junio de 2015 fue suspendido del ejercicio de la notaría.

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El 29 de agosto de 2014 compareció ante el Tribunal Supremo el Director de la O.D.I.N., el Lcdo. Manuel Ávila de Jesús, mediante una "Moción urgente solicitando remedios". En su escrito informó que la obra notarial correspondiente a los años de 2004 a 2009 del licenciado Troche Mercado adolecía de una deuda arancelaria ascendente a la suma de $393,988 y de $693 correspondientes a sellos para la Sociedad de Asistencia Legal. Se detalló que dichas deficiencias le fueron informadas al notario desde el 2010, sin que hubiese subsanado o intentado subsanar las mismas. El 8 de septiembre de 2014, el Tribunal ordenó la incautación de la obra notarial para que fuera inspeccionada por el Director de la O.D.I.N. Esa Resolución le fue notificada personalmente al abogado.

Al 15 de septiembre de 2014 persistían las mismas deficiencias. El 6 de febrero de 2015, el Tribunal emitió una orden para que el abogado mostrara causa por la cual no debía aceptar la recomendación del Director de la O.D.I.N. y, referir al Secretario de Justicia el asunto referente a la deficiencia arancelaria. También le apercibimos al abogado que su incomparecencia se interpretaría como que se allanaba a las recomendaciones de la O.D.I.N.

El licenciado Troche Mercado no compareció. El Tribunal emitió una Resolución suspendiéndolo inmediata e indefinidamente del ejercicio de la notaría. El asunto de la deuda arancelaria fue referido al Departamento de Justicia para la investigación y acción correspondiente.

El licenciado Troche Mercado compareció ante el Tribunal Supremo el 14 de agosto de 2015, por conducto de su representación legal; aceptó la deuda arancelaria y su responsabilidad de satisfacer la misma.

Decisión del Tribunal Supremo: Suspende indefinidamente de la práctica de la abogacía al Lcdo. Kermidt R. Troche Mercado porque su obra notarial adolece de una deuda arancelaria ascendente a poco menos de $400,000.

Fundamentos legales: Todo notario está obligado a cumplir cabalmente con la Ley Notarial y el Reglamento Notarial de Puerto Rico. Estos profesionales del Derecho deben ser en extremo cuidadosos y tienen el deber de desempeñarse con esmero, diligencia y estricto celo profesional. El incumplimiento con estas fuentes de obligaciones y...

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