In Re: Marcelino Meléndez La Fontaine 2016 T.S.P.R. 21.

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas69-70

Page 69

Conducta Profesional. P.E.J.C.

Hechos: El Lcdo. Marcelino Meléndez La Fontaine fue admitido al ejercicio de la abogacía en 1973. El 29 de enero de 2015, la Directora del P.E.J.C., Lcda. Geisa M. Marrero Martínez informó sobre Incumplimiento con Requisito de Educación Jurídica Continua. La Directora del P.E.J.C. señaló que le había cursado un Aviso de Incumplimiento al licenciado el 23 de junio de 2011 otorgándole a este 60 días adicionales para tomar los cursos y que, transcurrido un término razonable para el cumplimiento, el P.E.J.C. envió al licenciado una citación para una vista informal.

El licenciado Meléndez La Fontaine envió una comunicación al P.E.J.C. en la que sostuvo que estaba en proceso de retirarse de la profesión legal debido a su edad y estado de salud. Indicó que, a su entender, había cumplido con los requisitos del P.E.J.C. y que había estudiado varias fuentes de Derecho por cuenta propia. Solicitó un término adicional de 30 días para acreditar su cumplimiento.

El Tribunal le concedió al licenciado Meléndez La Fontaine un término de 20 días para que compareciera y mostrara causa por la cual no debía ser suspendido del ejercicio de la profesión por su incumplimiento con los requisitos de educación jurídica continua y por no comparecer ante el P.E.J.C. El abogado compareció para informar que había contestado todas las comunicaciones del P.E.J.C., pero que, por razones de salud, se había visto imposibilitado de asistir a la vista para la cual fue citado.

El Tribunal le concedió...

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