In Re: Marta Velez Echevarría, 2016 T.S.P.R. 102

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas223-223

Page 223

Conducta Profesional. P.E.J.C.

Hechos: La Lcda. Marta Vélez Echevarría fue admitida al ejercicio de la abogacía y la notaría en 1977.

El 1 de octubre de 2015 la Directora del P.E.J.C., Lcda. Geisa M. Marrero Martínez, presentó un Informe ante el Tribunal Supremo en el que señaló que la licenciada Vélez Echevarría no había cumplido con los requisitos del P.E.J.C.

Decisión del Tribunal Supremo: Ordena la suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía de la...

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