In Re: Ramón L. Nieves Vazquez, 2016 T.S.P.R. 22

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas70-70

Page 70

Conducta Profesional.

Ramón L. Nieves Vázquez

José D. Miranda Irizarry

Ana B. Ramos Colón

Joseph Reillo Ray

Decisión del Tribunal Supremo: Suspende inmediatamente a los abogados por su reiterado incumplimiento con los requisitos del P.E.J.C., los requerimientos del Tribunal, y por no mantener su información personal actualizada en el R.Ú.A.

Fundamentos legales: El Canon 2 de Ética Profesional obliga a todo profesional del Derecho a "mantener un alto grado de excelencia y competencia en su profesión a través del estudio y la participación en programas educativos de mejoramiento profesional...". En aras de viabilizar el cumplimiento con dicho postulado, el Tribunal Supremo estableció un programa de educación jurídica continua obligatoria mediante la aprobación del Reglamento de Educación Jurídica Continua, en virtud del cual se le delegó a la Junta de Educación Continua la encomienda de velar por el cumplimiento de los requisitos ahí establecidos.

El Reglamento del Programa provee a los abogados una guía precisa para dar cumplimiento a los requisitos de educación jurídica continua. Asimismo, dispone el procedimiento que el P.E.J.C. seguirá para atender el incumplimiento de los profesionales del Derecho.

En reconocimiento a la importancia que ostenta la educación jurídica continua para la práctica de la profesión legal, y en consideración a la labor que realiza el P.E.J.C. para garantizar su cumplimiento, el Tribunal ha determinado que "la desidia y dejadez ante los requerimientos del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR