In Re: Ricardo A. Álvarez Westwood, 2016 T.S.P.R. 46

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas102-103

Page 102

Conducta Profesional: P.E.J.C.

Ricardo A. Álvarez Westwood

Irene M. Vera Ramírez

Juan H. Torres Quiñones

Emil G. Delgado Ríos

Hechos: La Directora Ejecutiva del P.E.J.C. -Hon. Geisa M. Marrero Martínez- compareció ante el Tribunal Supremo, mediante Informe sobre incumplimiento con los requisitos del P.E.J.C. Informa que los referidos abogados han incumplido con el Reglamento del Programa de Educación Jurídica Continua de 2005, y han desatendido sus requerimientos.

Decisión del Tribunal Supremo: Suspensión inmediata por incumplir con los requisitos tanto del Programa de Educación Jurídica Continua, como de la O.D.I.N. y no acatar las órdenes del Tribunal Supremo.

Fundamentos legales: El Código de Ética Profesional establece las normas mínimas de conducta que deben regir a los miembros de la profesión de la abogacía en el desempeño de sus funciones; impone a los miembros de la profesión jurídica la responsabilidad de "realizar esfuerzos para lograr y mantener un alto grado de excelencia y competencia en su profesión a través del estudio y la participación en programas educativos de mejoramiento profesional".

El Tribunal Supremo ha advertido a los miembros de la profesión jurídica que es su deber contestar con diligencia los requerimientos y acatar las órdenes del propio Tribunal. Desatender sus requerimientos es...

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