In Re: Victor M. Padilla Santiago, 2014 T.S.P.R. 37

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas109-110

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Ejercicio de la Notaría.

Hechos: El licenciado Padilla Santiago fue admitido al ejercicio de la abogacía y al de la notaría. Fue suspendido del notariado mediante Opinión el 5 de marzo de 2003. A raíz de esta suspensión, la obra notarial del abogado fue

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incautada e inspeccionada por la O.D.I.N.. En su Informe, la Directora de O.D.I.N. señaló que varias escrituras que otorgó el abogado eran nulas por falta de su firma y que en varios testamentos no se acreditaba la presencia de testigos. El notario solicitó Reinstalación Provisional o Condicionada por el término de 30 días, para este autorizar las escrituras señaladas. Esta solicitud fue declarada sin lugar y le fue concedido un término de 20 días para que subsanara las deficiencias en su obra notarial.

El 22 de febrero de 2010, la Directora de O.D.I.N. señaló que, a pesar de que el abogado había subsanado varias deficiencias, aún quedaban varias faltas sin atender. A su vez, el licenciado Padilla Santiago reiteró su solicitud de reinstalación provisional al ejercicio del notariado. La se opuso a que fuera reinstalado debido a su falta de diligencia con relación a sus señalamientos y en vista de que su obra no había sido aprobada. El abogado volvió a solicitar la readmisión en varias ocasiones, mientras que la O.D.I.N. compareció y cumplió con lo ordenado.

Para el 15 de junio de 2012, la obra notarial continuaba sin aprobarse.

No obstante el tracto procesal, en dos ocasiones posteriores, la O.D.I.N. se ha visto forzada a comparecer ante el Tribunal Supremo para informar de las deficiencias que aún siguen sin subsanar en la obra del abogado. Este último informó que no ha podido atender el asunto debido a una intervención quirúrgica a la que fue sometida su esposa.

Decisión del Tribunal Supremo: Suspende indefinidamente del ejercicio de la...

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