Introducción

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas1-52
INTRODUCCIÓN
Este libro, Síntesis de Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P.R. de 2022,
constituye un resumen de cada caso de la compilación de las ciento cincuenta y
cuatro (154) decisiones del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitidas durante
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el año 2022. Del total de casos decididos en 2022, sesenta y siete (67) de estos
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están relacionados con la regulación de la profesión jurídica por parte del Tribunal
Supremo de Puerto Rico.
Asimismo, entre todas las decisiones emitidas en 2022, se encuentran
diecinueve (19) Opiniones Per Curiam, todas ellas relacionadas con la conducta
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profesional de los abogados, y cuarenta y cinco (45) decisiones emitidas como
Opiniones de los Honorables Jueces del Tribunal Supremo: (1) Oronoz Rodrí-
guez, Feliberti Cintrón, Kolthoff Caraballo, Martínez Torres, Estrella Martínez,
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De acuerdo con la Regla 3 del Reglamento del Tribunal Supremo, el término decisión
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incluirá cualquier sentencia, resolución, orden, providencia o cualquier otra actuación del Tribunal,
de cualquiera de sus salas y de cualquiera de sus Jueces, en los casos apropiados o de cualquier otro
tribunal o agencia.
Según fueron tomados de www.http//lexjuris.net.
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La Ortografía de la lengua española (Real Academia Española, 2010, p. 269) ha determinado
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que se elimina la tilde de todos los pronombres demostrativos: este, esta, estos, estas, ese, esa, esos,
esas, aquel, aquella, aquellos, aquellas. Véase: Hilda E. Quintana y Matilde García Arroyo, “¡Este
y esta no se acentúan cuando son pronombres! Periódico El Vocero, Jueves, 30 de enero de 2014.
Véase, además: http://blog.lenguaje.com/2013/manual-de-acentuacion/. El lunes 27 de abril de
2020, Nathaly Lepe reconoce que después de ocho años, miembros de la Real Academia reconocen
el fracaso de una recomendación que nadie siguió. La Real Academia de la Lengua Española
(RAE), junto con las veintidós Academias de la Lengua, habían acordado en 2010 empezar una
batalla por la eliminación o reducción de los acentos diacríticos, con lo que recomendaba dejar de
usar tilde en la palabra "solo" cuando esta significara "solamente".
El 24 de abril de 2020 en Estandarte.com encontramos que tal parece que la RAE reconoce su
fracaso sobre ciertos consejos ya que a veces sus intentos son vanos: la omisión de la tilde en 'solo'
y los pronombres demostrativos (este, ese, aquel…) no acababa de convencer a los hablantes: un
buen número de ellos les siguen poniendo tilde.
Nota: En este trabajo hemos seguido las recomendaciones de la RAE de suprimir la tilde.
In re: Meléndez Mulero, 2 022 TSPR 3, In re: Maldonado , 2022 TSPR 6, In re: González,
4
2022 T SPR 9, In re: Rivera, 2022 TSPR 19, In re: Rodríguez Benítez, 20 22 TSPR 21, In re:
Corretjer, 2022 TSPR 28, In re: Joubert Lugo, 2022 TSPR 75, In re: Vélez Torres, 2022 TSPR 79,
In re: Geigel Bunker, 2022 TSPR 87, In re: Rodríguez Torres, 2022 TSPR 88, In re: Maldonado
Trinidad, 2022 TSPR 92, In re: Crespo Pendas, 2022 TSPR 96, In re: Ocasio Bravo, 2022 TSPR
97, In re: Sánchez Pérez, 2022 TSPR 98, In re: Torres Rivera, 2022 TSPR 107, In re: Jusin o
Torres, 2022 TSPR 141, In re: Joglar Castillo, 2022 TSPR 144, e In re: Rafols, 2022 TSPR 152.
Pueblo v. Rivera Ortiz, 2022 TSPR 62, Cobra v. Municipio, 2022 TSPR 104,Consejo
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Titulares v. PRCI, 2022 TSPR 106 y Martejeva v. Ferre, 2022 T SPR 123.
Pérez López v. Depart., 2022 T SPR 10, Hernández v. Secretario, 2022 TSPR 14, Sánchez
6
v. Sims, 2022 TSPR 20, Consejo Titulares v . Mapfre, 2022 TSPR 32, Ortiz v. Medtronic, 2022
TSPR 76, Coop. Seguros v. ELA, 2022 TSPR 77 y Pueblo v. Hernández Doble, 2022 TSPR 130.
Torres v. Municipio, 2022 TSPR 4, González Ramos v. Pacheco, 2022 TSPR 43, Simons v.
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Síntesis: Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P.R. de 2022
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Rivera García, Colón Pérez, y Pabón Charneco.
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Entre las sesenta y siete (67) decisiones del Tribunal Supremo relacionadas
con la profesión jurídica, se encuentran treinta y una (31) decisiones relacionadas
con la reinstalación, la reactivación o la readmisión del abogado que, debido
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a su conducta, ha sido suspendido por haber violado los cánones de ética
profesional o por cualquiera otra razón. Dentro de la categoría de regulación de
la profesión se incluyen, asimismo, las resoluciones sobre las bajas voluntarias, las
bajas al amparo del poder inherente del Tribunal Supremo para regular el ejercicio
de la abogacía y lo dispuesto en la Sec. 9 de la Ley de 11 de marzo de 1909, a
causa de la comisión de un delito que implica depravación moral, o las bajas
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Leaf Petroleum, 2022 TSPR 44, Franklin Credit v. George Riviello, 2022 TSPR 70, P.R. Fast v.
Autoridad, 2022 TSPR 102, Peña Lacern v. Martínez, 2022 TSPR 105, Pueblo v. Salamanca, 2022
TSPR 114, y Pueblo v. Zeno Torres, 2022 TSPR 1 49.
San Luis Center v, Triple S, 2022 TSPR 18,Pueblo v. Rosario Paredes, 20 22 TSPR 46,
8
Metro v. Aut. Financiamiento, 2022 TSPR 47, Engineering Services v. AEE, 2022 TSPR 84, y
Total v. Autoridad Puertos, 2022 TSPR 89.
Casillas v. ELA, 2022 T SPR 48, Oriental v. Registrador, 2022 TSPR 61, Autoridad v.
9
UTIER, 2022 TSPR 139
Pérez López v. Depa rtamento, 2022 TSPR 10, Segarra v. In ternational, 2022 TSPR 31,
10
Pueblo v. Ríos Nieves, 2022 T SPR 49, Báez v. Administración, 2022 TSPR 5 1, Oficina Ética v.
Martínez, 2022 TSPR 93, Lilly del Caribe v. Municipio, 2022 TSPR 101, Consejo v. Triple-S, 2022
TSPR 103 y Cruz v. Hospital, 2022 TSPR 112
Delgado v. Pietri, 2022 TSPR 2, Unión General v. Centro Médico, 2022 TSPR 27, Nevárez
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v. Unidad Surety, 2022 TSPR 57, Rivera v. UPR, 2022 TSPR 6 7, y Pueblo v. Rodríguez, 2022
TSPR 128.
Díaz Rodríguez v. García, 2022 TSPR 12, Consejo Titulares v. Mafre, 2022 TSPR 15,
12
Pueblo v. Martínez, 2022 TSPR 22, PVH Motor v. Junta, 2022 TSPR 42, Ortiz Valle v. Panadería,
2022 TSPR 131
In re: Hernández Romano, 2022 TSPR 7, In re: Valentín Figueroa, 2022 T SPR 13,In re:
13
Soto Rivera, 2022 TSPR 16, In re: Santiago Santiago, 2022 TSPR 23, In re: Rodríguez Olmeda,
2022 TSPR 36, In re: Laboy Hernández, 2022 TSPR 50, In re: Santiago Santiago, 2022 TSPR 52,
In re: Ortiz Abrams, 2022 TSPR 54, In re: Villanueva Cruz, 2022 T SPR 55, In re: Ortiz López,
2022 TSPR 56, In re: Colón Dueño, 2022 TSPR 58, In re: Bayón Casiano, 2022 TSPR 60, In re:
González Velázquez, 2022 TSPR 63, In re: Marrero Negrón, 2022 TSPR 65, In re: Colón Olivo,
2022 TSPR 66, In re: Meléndez Artau, 2022 TSPR 69, In re: Rivera Pérez, 2022 TSPR 90, In re:
Villalba Ojeda, 2022 TSPR 109, In re: González Pérez, 2022 TSPR 111, In re: Joubert Lugo, 2022
TSPR 120, In re: Quiñones Rodríguez, 2022 TSPR 121, In re: Medina Flores, 2022 TSPR 122 10
In re: Tio Fernández, 2022 TSPR 132, In re: Rivera Pérez, 2022 TSPR 90, In re: Villalba Ojeda,
2022 TSPR 109, In re: González Pérez, 2022 TSPR 111, In re: Quiñones Rodríguez, 2022 TSPR
121, In re: Medina Flores, 2022 TSPR 122, In re: Tio Fernández, 2022 TSPR 132, In re: Romero
Llavona, 2022 TSPR 137. e In re: Díaz Rivera , 2022 TSPR 153.
In re: Rodríguez Torres, 2022 TSPR 81, In re: Rodríguez Vera, 2022 TSPR 100,In re:
14
Rivera Castro, 2022 TSPR 110, In re: Conde Vázquez, 2022 TSPR 135, e In re: López Cruz, 2022
TSPR 148.
In re: Pérez García, 2022 TSPR 5, In re: D´Oleo Pui g, 2022 T SPR 41, In re: Villar
15
Valentín, 2022 TSPR 91, In re: González Rosa, 2022 TSPR 115, In re: Ramírez Bigott, 2022 TSPR
119, In re: Casiano Cosme, 2022 TSPR 138 , e In re: Conde Vázquez, 2022 TSPR 139.
In re: Irizarry Irizarry, 2022 TSPR 150.
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Síntesis: Jurisprudencia del Tribunal Supremo de P.R. de 2022
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debido a enfermedad mental, siguiendo el proceso establecido en la Regla 15 del
Reglamento del Tribunal Supremo.
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Es necesario aclarar que, cuando se habla de reinstalar, el término se refiere
a los abogados a quienes el Tribunal Supremo ha suspendido del ejercicio de la
profesión. La función de la Comisión de Reputación es escuchar la prueba del
abogado cuya licencia ha sido suspendida y solicita la reinstalación. Asimismo, la
Comisión escucha la prueba del Procurador General para determinar si procede,
o no, recomendar al Tribunal Supremo la reinstalación del abogado.
En cuanto a la reactivación, el término es utilizado cuando el Tribunal decide
que los abogados inactivados puedan ser admitidos otra vez al ejercicio de la
profesión; es decir, reactivados. Normalmente, un abogado pide ser inactivado por
razón de enfermedad o problemas que no le permiten trabajar en la profesión legal;
problemas que nada tienen que ver con violaciones de los Cánones de Ética
Profesional.
Antes del año 2011, la petición de readmisión era utilizada por los abogados
que se habían dado de baja voluntariamente y luego solicitaban readmisión al
ejercicio de la profesión. En el 2011 se creó un formulario oficial para que los
abogados soliciten cambio de status a inactivos –OAT1639–. Cuando se autoriza
la inactividad en el Registro Único de Abogados, si el abogado desea activarse
nuevamente, lo solicita mediante moción y ahí se da la reactivación. Desde el
2012, cuando entró en vigor el formulario OAT 1639, se comenzaron a utilizar
indistintamente los términos reactivación y readmisión.
Un abogado solamente puede ser reinstalado o readmitido si reúne cada uno
de los siguientes criterios, o si presenta razones suficientes y válidas que justifi-
quen su reinstalación o readmisión: (1) El abogado ha cumplido plenamente con
los términos y condiciones de las órdenes disciplinarias anteriores. (2) El abogado
no ha participado ni intentó participar en la práctica no autorizada de la profesión
durante el período de suspensión o inhabilitación.(3) El abogado reconoce la
ilicitud y la gravedad de las faltas cometidas por las que se le suspendió. (4) El
abogado no ha incurrido en falta de conducta profesional desde que fue suspen-
dido. (5) A pesar de la conducta por la que fue sancionado, el abogado tiene la
honestidad e integridad necesarias para ejercer la abogacía, y (6) el abogado se ha
mantenido informado sobre la evolución del Derecho y es apto para practicar ante
los tribunales, lo que puede satisfacerse tomando un curso de repaso de reválida.
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In re: Zengotita Morales, 2022 TSPR 30, In re: Geigel Bunker, 2022 TSPR 87, e In re:
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Rodríguez Torres, 2022 TSPR 88. La Regla 15 del Reglamento del Tribunal Supremo cumple con
el propósito de establecer el procedimiento para separar indefinidamente a un abogado del ejercicio
de la abogacía cuando no pueda desempeñarse de manera competente y adecuada por razón de una
condición mental o emocional. Esta suspensión indefinida no representa una sanción disciplinaria,
sino que constituye únicamente una medida de protección social.
In re: Figueroa Vivas, 2011 TSPR 103 .
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