Jurisdicción sobre la persona

AutorRuth E. Ortega Vélez
Páginas354-358

Page 354

Procedimiento Civil. La doctrina de jurisdicción sobre la persona postula que, como regla general, los tribunales de un Estado solo pueden ejercer jurisdicción sobre las personas que residen dentro del territorio del Estado. La función judicial de los tribunales, como parte del ejercicio del poder soberano del Estado, se circunscribe generalmente a personas presentes o bienes ubicados dentro de los límites territoriales del

Page 355

mismo. El concepto de Jurisdicción in personam está intrínsecamente atado al debido proceso de ley.

Mediante el emplazamiento, el tribunal adquiere jurisdicción sobre la persona del demandado. El propósito del emplazamiento es notificar a una persona sobre la presentación de una acción judicial en su contra, de manera que esta pueda, si así lo desea, comparecer para ser oída y defenderse de la reclamación en su contra. El tribunal no adquirirá jurisdicción sobre la persona del demandado, si los requisitos establecidos por la Regla 4 de Proc. Civil para el emplazamiento no se cumplen estrictamente.

No obstante, la regla general de que los tribunales de un Estado solo pueden ejercer jurisdicción sobre las personas que residen dentro del territorio del Estado tiene sus excepciones.383

1. Excepciones de la regla general de que los tribunales solo tienen jurisdicción sobre las personas que residen dentro del territorio del Estado

a. Demandado no domiciliado, ausente de sus límites territoriales.

Desde las primeras décadas del Siglo XX, los tribunales de Puerto Rico han resuelto que tienen jurisdicción sobre la persona de un no residente en los casos en que esté en controversia el status personal del demandante, tales como divorcio, filiación y alimentos.384

El tribunal puede hacer efectiva tal jurisdicción mediante la notificación al demandado sobre la reclamación en su contra a través del emplazamiento personal en el lugar donde se encuentre ese demandado o a través del mecanismo procesal del emplazamiento por edicto; ello de estar presente, o darse, las condiciones requeridas por la Regla 4.5 de Procedimiento Civil.

b. Sumisión voluntaria:

La figura de la sumisión voluntaria consiste en que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR