Jurisdicción primaria

AutorRuth E. Ortega Vélez
Páginas352-354

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Derecho Administrativo. La doctrina de la jurisdicción primaria tiene el propósito de determinar dónde debe instarse inicialmente una reclamación, cuando tanto una agencia administrativa como el foro judicial poseen jurisdicción concurrente sobre dicha reclamación. Conforme a esta doctrina, la reclamación debe considerarse inicialmente en el foro administrativo, si dicha reclamación contiene cuestiones de hecho que requieran el ejercicio de la discreción administrativa o la aplicación del conocimiento especializado que este posee. También es necesario que el foro administrativo pueda otorgar los remedios solicitados por la parte reclamante. Se trata de una doctrina de deferencia a la agencia administrativa en casos de jurisdicción concurrente cuando existen razones importantes para justificar tal deferencia. No se trata de una deferencia que se extienda automáticamente. En

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cada caso que se considera al amparo de la doctrina de la jurisdicción primaria, es menester sopesar todos los factores y circunstancias que apuntan o no a la conveniencia de permitir que la reclamación se dilucide inicialmente en el foro administrativo.379

1. Origen de la doctrina de jurisdicción primaria

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos elaboró la doctrina de jurisdicción primaria en su decisión de Texas & Pacific Railway Co. v. Abilene Cotton Oil Co., 1907, 204 U.S. 426 (White). Por tanto, esta doctrina es de creación jurisprudencial. Los estudiosos del derecho administrativo norteamericano opinan que pocos aspectos de esa disciplina han sido tan sistemática y uniformemente sostenidos como lo ha sido la doctrina de jurisdicción primaria. Ha sido llamada la piedra angular (keystone) en que se basa la reglamentación administrativa. Si los tribunales fuesen a hacer en primera instancia las determinaciones que las leyes especifican que han de hacerse por los organismos administrativos y por los administradores, se crearía tal confusión que el derecho administrativo sería casi imposible de administrar ejecutiva y judicialmente. La regla aplica de igual forma cuando la acción judicial ha sido iniciada por un litigante privado o por el gobierno.380

2. Propósitos de la doctrina de jurisdicción...

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