Ley Núm. 297 de 21 de Agosto de 1999. Laboratorio de Investigaciones Ambientales de Puerto Rico
Evento | Ley |
Fecha | 21 de Agosto de 1999 |
LEY NUM. 297 DEL 21 DE AGOSTO DE 1999
Para establecer el "Laboratorio de Investigaciones Ambientales de Puerto Rico" mediante la transferencia del Laboratorio Ambiental del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales con el de la Junta de Calidad Ambiental, disponer sobre su organización y funcionamiento, establecer sus deberes y facultades; y para transferirle funciones.
El Gobierno de Puerto Rico tiene el interés de que se realicen análisis e investigaciones científicas en instalaciones debidamente cualificadas.
Con ese interés en mente, se creó en la década del setenta los laboratorios de la Junta de Calidad Ambiental y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales.
En estas instalaciones es en donde se realizan esfuerzos, investigaciones y análisis sobre el quehacer científico ambiental de Puerto Rico.
El esfuerzo gubernamental respecto al análisis y a la investigación científica ambiental se encuentran adscritos en el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y en la Junta de Calidad Ambiental que cuentan con sus respectivos laboratorios ambientales. Estos laboratorios científicos realizan pruebas
similares o parecidas, lo cual diluye los esfuerzos, particularmente en lo referente a recursos fiscales y humanos; y en el análisis científico, indispensable para obtener la información necesaria para cumplir la política pública ambiental del Gobierno de Puerto Rico.
La Ley Núm. 9 de 18 de junio de 1970, según enmendada, reconoce la importancia de restaurar y mantener la calidad del medio ambiente y crear y mantener las condiciones bajo las cuales el ser humano y la naturaleza pueden existir en armonía productiva.
Con el fin de promover los objetivos antes mencionados, esta Asamblea Legislativa entiende que es necesario transferir el laboratorio del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales al Laboratorio de la Junta de Calidad Ambiental.
En la transferencia de recursos de una agencia hacia la otra, es importante que establezcamos cuales son los deberes y facultades que esta transferencia creará.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Se transfiere el Laboratorio Ambiental del Departamento de Recursos Naturales y...
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