LECCIÓN XVI. Delitos contra la seguridad de las transacciones

AutorRuth E Ortega-Vélez
Páginas226-235

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A Falsificación de documentos

El Art. 211 del Código Penal de 2012, sobre falsificación de documentos, dispone: "Toda persona que con intención de defraudar haga, en todo o en parte, un documento, instrumento o escrito falso, mediante el cual se cree, transfiera, termine o de otra forma afecte cualquier derecho, obligación o interés, o que falsamente altere, limite, suprima o destruya, total o parcialmente, uno verdadero será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años".

En este delito la acción penal puede ejercitarse en cualquier tiempo sin limitación alguna -no prescribe-. El delito de falsificación de documentos tiene dos modalidades: (1) hacer en todo o parcialmente un documento, instrumento o escrito falso y (2) alterar, imitar, suprimir o destruir, total o parcialmente uno verdadero. Dicho documento falso podría crear, transferir, terminar o afectar cualquier derecho, obligación o interés. La médula del delito consiste en la intención de perjudicar, causar daño o defraudar a otra persona con pleno conocimiento de la falsedad del escrito. El delito se consuma tan pronto se hace el documento con las características y la intención de defraudar.

El delito de falsificación de documentos es uno doloso que requiere la intención específica de defraudar a otra persona. Requiere la intención específica de defraudar a una persona, pero no es necesario que se tenga una intención de defraudar a una persona en particular. La intención es una cuestión de hecho a ser evaluada y determinada por el Jurado o el Juez en los casos de juicio por tribunal de derecho. Pueblo v. Betancourt, 1989, 124 D.P.R. 867.

Nota: Pregunta de Derecho Penal del examen de reválida de abogados relacionada con el delito de falsificación de documentos.

(1) Septiembre de 2013

Hechos resumidos: Brenda Bravucona y Basilio Balandrón, mayores de edad, no estudian ni trabajan y se dedican a asaltar personas para llevarse identificaciones y documentos con el propósito de realizar transacciones comerciales ilegales.

Un día, Bravucona y Balandrón vieron a Paola Perjudicada salir de una joyería. Balandrón le arrebató la cartera a Perjudicada, quien perdió el equilibrio y se cayó, recibiendo un fuerte golpe en la rodilla. En la cartera había una chequera y un reloj Rolex valorado en $5,000.00 que Perjudicada acababa de comprar para regalarlo a su esposo. Además, había una tarjeta con foto que identificaba a Perjudicada como residente de su urbanización. Bravucona y Balandrón pensaron que podían usarla para cambiar algunos cheques de Perjudicada.

Posteriormente, Bravucona y Balandrón fueron a donde Carlos Coleccionista, quien era coleccionista de relojes Rolex, y le vendieron en $250.00 el reloj que Perjudicada había comprado. Posteriormente, alteraron la tarjeta de identificación dePerjudicada y sustituyeron

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la foto por una de Bravucona. Además, esta practicó la firma de Perjudicada hasta lograr imitarla. Después fueron a un negocio de equipos de música donde hicieron una compra de $850.00. Al frente del vendedor, Bravucona reprodujo la firma de Perjudicada en uno de sus cheques y pagó la compra.

La pregunta pide que analice, discuta y fundamente:

  1. Qué delitos cometieron Bravucona y Balandrón cuando:

  1. Se reprodujo en el cheque la firma de Perjudicada;

Contestación: Falsificación de documentos

Comete el delito de falsificación de documentos la persona que con intención de

defraudar haga, en todo o en parte, un documento, instrumento o escrito falso, mediante el cual se cree, transfiera, termine o de otra forma afecte cualquier derecho, obligación o interés, o que falsamente altere, limite, suprima o destruya, total o parcialmente, uno verdadero. Art. 211 del Código Penal.

En el Art. 14(q) del Código Penal se define "escrito"como "cualquier impreso, hoja, carta, escritura pública, documento notarial, sello, escritura o firma de una persona en soporte papel o en soporte digital, o imagen, moneda, papel moneda, fichas, tarjeta de crédito o cualquier otro símbolo o evidencia representativa de algún valor, derecho, privilegio u obligación". Art. 14(q) del Código Penal.

"Este delito tiene dos (2) modalidades: (1) hacer en todo o parcialmente un documento, instrumento o escrito falso y (2) alterar, imitar, suprimir o destruir, total parcialmente uno verdadero" Pueblo v. Flores Betancourt, 124 D.P.R. 867 (1989). La médula del delito consiste en la intención de perjudicar, causar daño o defraudar a otra persona con pleno conocimiento de la falsedad del escrito. "En su primera modalidad se requiere no solo hacer el documento falso con la intención de defraudar, sino también que dicho escrito pueda objetivamente crear, transferir, terminar o afectar algún derecho, obligación o interés de otra persona". Bravucona y Balandrón cometieron el delito de falsificación de documentos porque Bravucona reprodujo en el cheque la firma de Perjudicada con el propósito de defraudar. Véase: Preguntas, Criterios de Evaluación y Guías de Calificación de la pregunta de Derecho Penal de septiembre de 2013.

B Falsedad Ideológica

El Art. 212 del Código Penal de 2012, sobre falsedad ideológica, dispone: "Toda persona que con intención de defraudar haga en un documento público o privado, declaraciones falsas concernientes a un hecho del cual el documento da fe y, cuando se trate de un documento privado, tenga efectos jurídicos en perjuicio de otra persona, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años".

El delito consiste en insertar en un documento público o privado declaraciones falsas sobre un hecho que el documento da fe. En el caso en que el documento sea privado, se requiere que las declaraciones falsas tengan efecto jurídico en perjuicio de otra persona, ya sea natural, jurídica o el propio Estado.

En la doctrina sobre el delito de falsificación de documentos, el concepto de falsedad ideológica se refiere a cuando la alteración de la verdad recae en la verdad expresada en el documento. Pueblo v. Burgos, 1988, 120 D.P.R. 709.

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Nota: Pregunta de Derecho Penal del examen de reválida de abogados relacionada con el delito de falsedad ideológica.

(1) Septiembre de 2007:

Hechos resumidos: Juan solicitó un permiso en una agencia estatal para establecer una escuela en un edificio de su propiedad. Posteriormente, se reunió con su amigo Luis, empleado de la agencia, para solicitarle asesoramiento de cómo aligerar el trámite del permiso. Luis le comunicó que él sabía de buena tinta que Daniel Director, aprobaba cualquier solicitud si se le compensaba adecuadamente. A petición de Juan, Luis lo llevó a la oficina de Director, y salió inmediatamente de allí para que ellos conversaran en privado. Juan prometió pagar al Director $10,000 por la aprobación del permiso. Director aceptó la promesa y, ese mismo día,1 de septiembre de 2006, aprobó el permiso.

Al día siguiente, Juan solicitó a Banco un préstamo de 1 millón de dólares...

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