Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Diciembre de 2019, número de resolución KLRA201900729

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900729
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2019

LEXTA

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VII

BECAI ELECTRIC AND GENERAL CONTRACTOR, LLC
Recurrente
v.
JUNTA DE SUBASTAS DEL MUNICIPIO DE CULEBRA
Recurridos
HARRY AUTO KOOL, INC.; MFS CONSTRUCTION, LLC
Parte con Interés
KLRA201900729
Revisión Judicial procedente de la Junta de Subastas del Municipio de Culebra Sobre: Impugnación de Adjudicación de Subasta Número 2019-2020-02

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Salgado Schwarz

Salgado Schwarz, Carlos G., Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 17 de diciembre de 2019.

Comparece Becai, Electric and General Contractos, LLC, en adelante BECAI o el recurrente, y solicita que revoquemos la notificación de adjudicación de subasta emitida por la Junta de Subastas del Municipio de Culebra, en adelante la Junta o la recurrida, mediante la cual notificó el rechazó de su propuesta para la Subasta Núm. 2019-2020-02.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se revoca la Resolución recurrida.

-I-

Surge de los documentos que obran en el expediente, que el 27 de septiembre de 2019 el Municipio de Culebra publicó un aviso de subasta sobre cuatro proyectos. El 8 y 10 de octubre celebraron las pre-subastas y el 1 de noviembre celebró la subasta en la que el recurrente participó. El 13 de noviembre de 2019, BECAI recibió una notificación sobre la adjudicación de la Subasta Núm. 2019-2020-02, en la que se le indicaba que su propuesta fue rechazada.

Insatisfecho, BECAI presentó Revisión Judicial en la que alega que la Junta incurrió en los siguientes errores:

Erró la Junta de Subastas del Municipio de Culebra al emitir una notificación de adjudicación de subasta que contraviene el articulo 15.002 de la Ley de Municipios Autónomos. El Reglamento para la administración municipal del 2016 y su jurisprudencia interpretativa.

Erró y abusó de su discreción la Junta de Subastas del Municipio de Culebra al no adjudicar la subasta a favor de BECAI por no entregar el BID BOND firmado por su presidente, a pesar de que el BID BOND fue pagado, estaba vigente y en pleno vigor por la compañía fiadora.

Erró y abusó de su discreción la Junta de Subastas del Municipio de Culebra al no adjudicar la subasta a favor de BECAI ELECTRIC por no presentar un certificado de registro del Departamento de Estado, a pesar de haber entregado el certificado de Good standing y certificado...

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