Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Febrero de 2007, número de resolución KLAN200601116
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN200601116 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 21 de Febrero de 2007 |
EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado v. DOMINGO VALENTÍN GONZÁLEZ Apelante | KLAN200601116 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Añasco Caso Núm. I2CR200600064 Sobre: ART. 188 C.P. (AMENAZA) |
Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, la Jueza Varona Méndez y el Juez Hernández
Serrano.
Hernández
Serrano, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 21 de febrero de 2007.
Mediante escrito de apelación el señor Domingo Valentín González (en adelante, señor Valentín), acude ante nosotros solicitando que revoquemos la Sentencia emitida el 2 de agosto de 2006 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Añasco (en adelante, el TPI).
Analizada la controversia ante nosotros y la normativa aplicable, se confirma la sentencia apelada.
El 28 de febrero de 2006, mientras el señor Valentín se disponía a cortar, con un machete, unas plantas en un camino vecinal frente a su propiedad, alegadamente la señora Iluminada Rosado (en adelante, señora Rosado), le inquirió el porqué de su actuación. Como consecuencia, comenzaron una discusión en la cual alegadamente el señor Valentín expresó que si le tocaba arrancarle la cabeza a cualquiera se la tumbaba. Al escuchar esas expresiones la señora Rosado se sintió intimidada y procedió a llamar a la policía quien se personó al lugar e intervino con la situación.
De esta forma, fue radicada una denuncia por violación al Artículo 188 del Código Penal de Puerto Rico, sobre amenaza. Tras haberse encontrado causa para arresto el TPI señaló la vista en su fondo para el 2 de agosto de 2006. Celebrada la vista el TPI escuchó el testimonio del señor Valentín, de la señora Rosado y del Agente Daniel Salas Román. En esa misma fecha emitió una sentencia en la que expresó [v]ista la prueba desfilada el Tribunal declara culpable al acusado del delito de [infracción al] Art. 188 [del] Código Pena[l] y lo condena a la pena de $200.00 de multa, más costas o un día de cárcel por cada $50.00 que dejare de pagar. Se le impone además, el pago del sello o comprobante [,] Ley Especial 183. (Énfasis en el original).
Inconforme con dicha determinación, el señor Valentín acude ante nosotros y nos plantea que el TPI cometió los siguientes errores:
Primer planteamiento de error en cuanto a que el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Añasco
declaró culpable al apelante (Inf. Art. 188 del Código Penal, Amenazas) sin que se probaran todos los elementos del delito, ni que se probara su culpabilidad más allá de toda duda razonable.
Segundo planteamiento de error en cuanto a que la honorable juez dio credibilidad, al tomar...
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