Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Abril de 2007, número de resolución KLRA0700074
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA0700074 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 11 de Abril de 2007 |
LEXTA20070411-05 Ortíz
Arroyo v. The Home Depot Store 6401
ANTONIO ORTIZ ARROYO Y/O RAMONITA FIGUEROA COLÓN Recurrentes v. THE HOME DEPOT STORE 6401 Recurrida | | Revisión Administrativa del Departamento de Asuntos del Consumidor Querella núm. 300013442 Instalación de Losas |
Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Martínez, el juez Colón Birriel y la juez Jiménez Velázquez.
Rivera Martínez, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 11 de abril 2007.
El señor Antonio Ortiz
Arroyo y su esposa, la señora Ramonita Figueroa Colón, nos solicitan que revoquemos la resolución emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor el 22 de noviembre de 2006. Mediante la misma, se declaró con lugar la querella que éstos presentaron contra The Home
Depot. Además, se les ordenó pagarle a dicha tienda el cincuenta por ciento del costo de los materiales requeridos para que ésta finalizara cierta obra en su residencia.
Examinadas las comparecencias de las partes, así como el derecho aplicable, procedemos a revocar la resolución recurrida.
El 9 de octubre de 2005, el señor Antonio Ortiz
Arroyo (en adelante señor Ortiz) contrató los servicios de The Home Depot (en adelante recurrida) para la compra e instalación de unas losas en la terraza de su residencia. De acuerdo a lo acordado, un empleado de la recurrida acudió a la residencia del señor Ortiz y tomó las medidas de la terraza para hacer un estimado de los materiales necesarios para la referida instalación. Por el estimado, el señor Ortiz le pagó $35 a la recurrida. Además, le pagó $2,654.17, cantidad que incluía los materiales y mano de obra.
Así las cosas, el 3 de enero de 2006, empleados de la recurrida se personaron a la residencia del señor Ortiz y procedieron a instalar las losas. Ahora bien, una vez comenzado el trabajo, éstos le comunicaron al señor Ortiz que los materiales que compró a base del estimado no eran suficientes, que faltaban de 50 a 60 sacos de arena y 10 de cemento. El señor Ortiz no estuvo de acuerdo con esto y se negó a comprar dichos materiales. Entendió que ello no era su responsabilidad, ya que la recurrida fue quien tomó las medidas y determinó la cantidad de materiales necesarios para la instalación.
Al día siguiente, el señor Ortiz y su esposa (en adelante recurrentes) presentaron una querella ante el Departamento de Asuntos del Consumidor (en adelante DACo.). Posteriormente, dicha agencia citó una inspección para el 6 de febrero de 2006. Luego de ésta llevarse a cabo, el investigador que realizó la misma emitió su informe. En éste puso la siguiente nota al describir la propiedad: Establecido topping irregular a 50%
aproximado del área a intervenirse. Debería considerarse elevaciones a fines de impedir la penetración y/o discurrir de aguas pluviales al interior del inmueble. (Pendiente positiva). A continuación, algunas de las observaciones del investigador pertinentes al recurso ante nuestra consideración:
1. El Sr. Ortiz
Arroyo señaló:
-Efectuar pagos por la cantidad pactada.
-Ajuste de $35. por concepto de error en dimensiones tomadas por personal de la firma querellada
(sub-contratistas).
-En sitio losas rústicas y pega-lechada (materiales) excepto separadores y/o espaciadores.
-Topping fundido frontal con área y/o depresión lateral izquierdo. Orificio del sistema de liberación de aguas pluviales (bajante) obstruido, según expresión del querellante. Orificios liberación aguas fondo lateral izquierdo funcional. Pendiente positiva hacia estos [sic]
debería considerarse en apreciación; elevación hacia el interior del inmueble lateral derecho 3 aproximadamente; fondo punta de llana. Maestra presentadas.
2. Remoción...
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