Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2007, número de resolución KLRA070299

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA070299
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Abril de 2007

LEXTA20070430-123 Marrero Negron v. Oficina del Contralor de P.R.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

WANDA MARRERO NEGRON Recurrente v. OFICINA DEL CONTRALOR DE PUERTO RICO Recurrido
KLRA070299
Revisión Administrativa procedente de la Oficina del Contralor Caso Núm: A-05-02 y A-05-06

Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, la Jueza Pabón Charneco y el Juez Hernández Serrano

Jueza Pabón Charneco, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2007.

Wanda Marrero Negrón, en adelante, la recurrente, comparece pro se, y nos solicita la revisión de una Resolución emitida por la Junta de Apelaciones de la Oficina del Contralor de Puerto Rico, en adelante, la OCPR. Mediante dicho dictamen, la Junta de Apelaciones de la OCPR confirmó la determinación del Contralor de Puerto Rico y declaró No Ha Lugar las Apelaciones A-05-02 y A-05-06 instadas por la recurrente.

Por los fundamentos que se esbozan a continuación se confirma la Resolución recurrida.

I

Conforme surge del recurso ante nuestra consideración, el 7 de septiembre de 2004, la recurrente, Contador en la División de Finanzas y Servicios Auxiliares de la OCPR, interpuso apelación ante la Junta de Apelaciones de la OCPR objetando una suspensión de empleo y sueldo que le fuera impuesta por el Contralor de Puerto Rico por el término de cuarenta y cinco (45) días1.

Génesis de la suspensión impuesta lo fueron ciertos incidentes donde estuvo envuelta la recurrente y que se describen en una misiva del Contralor a ésta de fecha de 16 de julio de 20042.

En consecuencia se celebró una vista administrativa ante el licenciado César Cordero Rabell. Surge del Informe que celebrada la misma, y aquilatada la prueba presentada, el abogado recomendó la suspensión de empleo y sueldo por el término indicado3.

El Contralor acogió las recomendaciones del Oficial Examinador y suspendió de empleo y sueldo a la recurrente, efectivo el 3 de septiembre de 2004.

Inconforme la recurrente instó apelación ante la Junta de Apelaciones de la OCPR.

Expuso:

“… Esta determinación del Hon. Manuel Díaz Saldaña de suspenderme puede estar relacionada a las vistas de la Cámara ya que las vistas terminaron el jueves 2 de septiembre de 2004 y todavía al día de hoy muchas unidades no han terminado el trabajo y esta servidora es la única en entregarlo y habiendo un personal en la Oficina en todo lo que va de este año, no han podido terminar el trabajo y yo entregué el trabajo y a mi mejor entender está bien hecho el trabajo ya que no recibí adiestramiento y el Contralor tenía conocimiento de esto y me negó los servicios y el adiestramiento. Hay evidencia con la letra del Contralor y la letra de la Sra. Minerva Fuentes Ortiz donde ambos funcionarios estaban impartiendo instrucciones a todas aquellas personas que estaban trabajando con ISO-9000 y nunca me la hicieron llegar. Esto a pesar de que me comuniqué hasta directamente por escrito con el Contralor. Además notifiqué que la computadora estaba dañada en varias ocasiones.

…

Todo esto es producto de ambiente hostil y la relación de amistad de Minerva Fuentes, María Betancourt

Cabret y Mara Reyes Alfonso y estas tres empleadas han sido demandadas por esta servidora. Además nunca se investigó ni entrevistó al Sr. Miguel A. Díaz Reyes, Supervisor de Contabilidad y Finanzas. Todo esto por haberme querellado de hostigamiento sexual y es violación a la Ley 426, y hay una demanda en el Tribunal Federal.”

Véase, Exhibit 5 del Apéndice.

La OCPR presentó alegación responsiva. En dicho escrito se señaló que la determinación de suspender a la recurrente descansaba en la carta del Contralor de 16 de julio de 2004. Como defensas afirmativas planteó, inter alia, que la decisión se había realizado conforme el Reglamento para la Administración del Sistema de Personal de la Oficina del Contralor de Puerto Rico.

Trabada la controversia entre las partes, y mientras transcurrían los trámites procesales ante la Junta de Apelaciones, el Contralor de Puerto Rico cursó nueva misiva a la recurrente anunciándole su intención de formularle cargos por la alegada negativa de la recurrente de seguir instrucciones. Dicha carta, sin embargo, le ofrecía una última oportunidad a la recurrente “para que recapacite y demuestre si en verdad tiene interés en continuar trabajando en esta Oficina”.4 (Véase, pág. 87-88 del Apéndice.)

La recurrente le remitió contestación señalándole que se estaban tomando represalias contra ella por cierto caso ante el Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico que había instado. Apuntó que la misiva del Contralor de Puerto Rico era una de “amenaza e intimidación y puede constituir un acto de represalia”. (Véase, pág. 89 del Apéndice.)

Señaló:

“…

Además deseo notificarle que la Sra.

Luz Rivera no pertenece a la Unidad de Preintervención

a la cual esta servidora fue asignada y esta (sic) empleada que no es de mi unidad de trabajo se pasa creando ambiente hostil y entorpeciendo mi labor en la unidad de trabajo. En adición la Sra. Mara E. Reyes Alfonso, Subdirectora de Finanzas y Servicios Auxiliares contribuye a este ambiente hostil ya que esta Ejecutiva está demandada en el Tribunal Federal por esta servidora…”

Id.

Por último, le requirió al Contralor de Puerto Rico se pospusiera la acción prevista hasta que la Junta de Apelaciones resolviera el caso ante su consideración de la suspensión de empleo y sueldo por cuarenta y cinco (45) días.

Mediante carta de 16 de diciembre de 2004 el Contralor le expresó que no podía acceder a su petición ya que no se podía determinar el tiempo que tomaría la Junta de Apelaciones en resolver la controversia. Apuntó el funcionario que: “(e)l ambiente de tensión y discordia creado por usted en su área de trabajo es totalmente intolerable e inaceptable para sus compañeros de trabajo, supervisores…” (Véase, pág. 108 del Apéndice.) Por último le señaló que, al no haber dado la recurrente indicación alguna de que habría de cumplir con las funciones de su puesto y de cesar y desistir de sus acciones, lo que creaba un ambiente de desasosiego, habría de continuar con los procesos encaminados a formularle cargos.

Cabe apuntar, en esta etapa, que el 10 de diciembre de 2004, los compañeros de la recurrente le remitieron una carta al Contralor Auxiliar relacionada a la conducta de la recurrente. La misma lee, en lo pertinente:

“… En días recientes en nuestra área de trabajo han ocurrido varios incidentes los cuales han ocasionado niveles de intranquilidad, incertidumbre, tensión y nos hemos sentido amenazados.

Durante la mañana del jueves, 9 de diciembre, se suscitó un incidente entre la Sra. Mara

Reyes y la srta. Marrero (recurente) en el cual, la sra.

Reyes le preguntó sobre el status del trabajo asignado lo que provocó un intercambio de palabras en tono alto, por lo que los compañeros que nos encontrábamos en el área nos enteramos que la compañera Marrero (recurrente) lleva un escrito de todo lo que hacemos durante el día. Además, alega que la interrumpimos constántemente (sic) y no la dejamos trabajar. La compañera Wanda Marrero (recurrente) no aclaró a qué o quién se refería en específico, a pesar de que la sra. Reyes se lo solicitó en varias ocasiones.

El jueves, 2 de diciembre de 2004, ocurrió un incidente donde la Srta. Wanda Marrero (recurrente) alegó que nuestra compañera, la Sra.

Luz Rivera no le estaba ayudando en el trabajo y que se le estaba tratando mal. Todos fuimos testigos de este incidente, ya que la srta. Marrero (recurrente) lo hizo en voz alta y amenazante, aseveración que entendemos es falsa. En ese momento, el Sr. Miguel A. Díaz, Supervisor de Contabilidad, se encontraba en su oficina y no tomó acción.

Además, diariamente se escucha a la srta. Marrero (recurrente) hablar por teléfono o celular en voz alta con su abogado comunicándole todo lo que ocurre en la oficina, preguntándole que si el caso que le sometió ya está corriendo.

Esto son cosas que nos colocan en una situación difícil, ya que no sabemos en que momento puede ocurrir un suceso mayor. Como es de su conocimiento, le sucedió a nuestra compañera la Sra.

Marisol Valdés, situación que llegó hasta los tribunales. Tememos que situación similar pueda repetirse con otro compañero.

La srta. Marrero (recurrente) no demuestra interés en el trabajo, no permite que podamos tener una buena comunicación con ella, no está de acuerdo con la manera en que nosotros, los compañeros del área de Contabilidad, cumplimos con las tareas asignadas como equipo de trabajo y no tiene interés en ser parte de este equipo.

Lo que demuestra es tener una agenda escondida y mal intencionada.

En todo momento nuestra División se esfuerza para cumplir con los objetivos y las metas de la Oficina del Contralor de Puerto Rico, pero lamentablemente este tipo de incidentes afecta la productividad de la División, pues estamos constántemente

(sic) a la expectativa de qué pueda pasar.

Nuevamente, solicitamos se atiendan nuestras preocupaciones, ya que como equipo de trabajo tememos que esta situación pueda repercutir en sucesos mayores e irreparables. Por lo antes mencionado aprovechamos la oportunidad para solicitarle, en la medida que sea posible, que en ningún momento, nosotros los compañeros del área de Contabilidad, nos quedemos sin la supervisión de uno de los directores a cargo del área…”

Véase, pág. 109-110 del Apéndice.

El 15 de diciembre de 2004 el Contralor de Puerto Rico designó al licenciado Garau Díaz para que investigara las alegadas actuaciones de la recurrente. Le remitió comunicaciones de los compañeros de la recurrente.

El 21 de diciembre de 2004 la recurrente, mediante comunicación al Contralor de Puerto Rico, le solicitó se incluyera el mismo en la investigación ya que era parte del ambiente hostil y por tener un juicio hecho. Le apuntó que la había intimidado, amenazado y abusado de su puesto. Asimismo, le requirió...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR