Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Mayo de 2007, número de resolución KLAN2006001658
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN2006001658 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 15 de Mayo de 2007 |
LEXTA20070515-15 Ramírez Trinidad v. Genesis Security
Services,Inc.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES
REGION JUDICIAL DE CAGUAS
MARIA T. RAMÍREZ TRINIDAD DEMANDANTE-APELADO VS GENESIS SECURITY SERVICES INC. DEMANDADOS-APELANTES | KLAN2006001658 | APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de CAGUAS Caso Núm: EPE2005-0533 Sobre: DISCRIMEN POR SEXO, HOSTIGAMIENTO SEXUAL EN EL EMPLEO | ||||
Panel integrado por su presidente, la juez Pesante Martínez, el juez Escribano Medina, y la juez Hernández
Torres
Escribano Medina, Juez Ponente
S E N T E N C I A
En San Juan, Puerto Rico a 15 de mayo de 2007.
La peticionaria Génesis Security Services
Inc. (en adelante Génesis), nos solicita la revocación de la sentencia emitida el 9 de noviembre de 2006, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas (Hon. José M. Fernández Luís, J.), en adelante el Tribunal.
Mediante ésta se declaró con lugar la demanda sobre hostigamiento sexual instada por la querellante-apelada contra el apelante, condenándolo a pagar daños y perjuicios por violación a las disposiciones de la Ley de
Hostigamiento Sexual, y una suma por los honorarios de abogados.
El 13 de septiembre de 2005 la señora María T. Ramírez Trinidad (en adelante, señora Ramírez), presentó una querella ante el tribunal de instancia alegando hostigamiento sexual en el empleo y daños y perjuicios. En su sentencia, el Tribunal de instancia llegó a las siguientes conclusiones de hecho.
María T. Ramírez era supervisora de puertas de seguridad y vigilancia de la compañía Northwest
Security. Su supervisor allí era el señor Esteban Cátala. Durante el año 2003 la empresa confrontó problemas económicos y Ramírez quedó desempleada. Luego de solicitar trabajo en la compañía Génesis Security Services, ésta fue reclutada para el 31 de diciembre de 2003. Su trabajo allí era supervisar puestos de vigilancia en las escuelas públicas del área asignada.
Génesis tenía un contrato para suplir servicios de vigilancia en los planteles del Departamento de Educación. El señor Esteban
Cátala , por su parte, luego de haberse jubilado de la Policía de Puerto Rico, fue reclutado por Northwest Security
para capacitar a los guardias de seguridad y principios del 2004 lo reclutó la compañía Génesis para fungir como enlace entre el Departamento de Educación y la compañía de seguridad. Aunque el señor Cátala tenía autoridad sobre la señora Ramírez, en la compañía Génesis no era su supervisor inmediato.
Según las conclusiones de hecho del Tribunal de Intancia, el señor Cátala le prestó atención de índole sexual a la co-empleada María T. Ramírez. Los compañeros se percataron de que Cátala observaba de manera impropia el cuerpo de la señora Ramírez. El señor Cátala, refiriéndose a la señora Ramírez, hacía comentarios de índole sexual, inclusive sugiriendo que tenía relaciones íntimas ella.
El 29 de junio de 2004 María Ramírez le hizo un reporte al Presidente de Génesis, Emilio Morales.
Ella explicó que en ocasión de ir a resolver un asunto al puesto de vigilancia en la escuela Mariano Abril de Guaynabo, el 9 de julio de 2004, Cátala le preguntó por la familia durante el trayecto en el vehículo de la empresa. Ella le contestó que le preocupaba un asunto de salud de su esposo a lo cual Cátala hizo un comentario sexual ofensivo acerca del esposo. Cátala entonces procedió a desviarse de la ruta para llevarla a la casa de su hijo con el pretexto de ir a revisar una guagua de su propiedad. Sin embargo, el guardia del control de acceso declinó su entrada ya que el hijo de éste no se encontraba en la casa. Al reanudar la marcha Cátala le comentó sobre las mujeres que había tenido, sobre sus propiedades y...
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