Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Junio de 2007, número de resolución KLRA200700433

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200700433
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución21 de Junio de 2007

LEXTA20070621-08 González Quiles v. Negociado de bebidas Alcohólicas y Licencias

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO

PANEL VIII

VIVIAN A. GONZÁLEZ QUILES Recurrente v. NEGOCIADO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y LICENCIAS Recurrido KLRA200700433 R E V I S I Ó N procedente del Departamento de Hacienda SOBRE: DENEGATORIA DE SOLICITUD DE LICENCIA PARA LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS Caso Núm. 2006-B-207

Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, la Jueza Cotto Vives y el Juez Miranda De Hostos

Miranda De Hostos, J.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de junio de 2007.

La recurrente Vivian A.

González Quiles, solici-ta

la revisión judicial de una resolución que emitió el Negociado de Bebidas Alcohólicas y Licencias del Departamento de Hacienda (en adelante el Departamento de Hacienda), denegando una licencia para el expendio de bebidas alcohólicas que ésta solicitara.

El fundamento de derecho utilizado por el Departamento de Hacienda para denegar el referido permiso solicitado por la recurrente fue que:

En el caso de autos no existe controversia que al 31 de diciembre de 1999, el establecimiento comercial no contaba con una licencia de traficante al detal

en bebidas alcohólicas y que el mismo ubica a una distancia menor de cien (100) metros de una iglesia. En consecuencia, al caso de

autos le son de aplicación las disposiciones de la Ley Número 367, supra, la cual prohibe (sic) la concesión de nuevas licencias a todo establecimiento comercial ubicado a una distancia menor de cien (100) metros de una iglesia, como la que ubica a veintiséis punto diez (26.10) metros del establecimiento de la Querellante.

Ap. II, pág. 7.

En el recurso de revisión judicial ante nos alega la recurrente González Quiles como único error que:

Erró el Negociado de Bebidas Alcohólicas y Licencias del Departamento de Hacienda al no conferir y denegar el permiso de expendio para bebidas alcohólicas, basándose solamente en que el negocio no guarda la distancia de cien (100) metros de la Iglesia Bautista La Fe y aplicar la ley taxativamente ese criterio, cuando la ley es en forma de directriz y existen variantes para la expedición del permiso.

Petición, pág. 3.

Concluimos, que el error alegado por la recurrente no fue cometido, por lo cual, se confirma la resolución revisada, sin mayores trámites al respecto. Veamos los fundamentos de derecho.

I

Los hechos que dieron...

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