Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Junio de 2007, número de resolución KLCE200700131

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200700131
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución22 de Junio de 2007

LEXTA20070622-14 Pueblo de P.R. v. Alan Merced II

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrido
v.
CHRISTOPHER ALAN MERCED II AKA CHRISTOPHER A. MERCED RUSK AKA SANTOS MONTALVO ESCOBAR Peticionario
KLCE200700131 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm.: K MI2006-0374 Procedimiento de Extradición

Panel integrado por su presidenta, la Jueza

García García, la Jueza Varona Méndez y el Juez Cabán

García

Varona Méndez, Jueza

Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 22 de junio de 2007.

El peticionario, Christopher Merced Rusk, nos pide que revoquemos una determinación del Tribunal de Primera Instancia, en virtud de un proceso de extradición. Por los fundamentos que discutiremos, se expide el recurso de certiorari

solicitado, se confirma la determinación del foro recurrido y se deja sin efecto la orden dictada en auxilio de nuestra jurisdicción el 31 de enero de 2007.

I.

El 15 de mayo de 2006, las autoridades del estado de California enviaron al Negociado Federal de Investigaciones (F.B.I.) una solicitud para que se radicaran cargos criminales federales contra el Christopher Allan Merced II. Se le imputaba haberse trasladado ilegalmente a Puerto Rico

para evitar ser procesado a tenor de lo dispuesto en 18 U.S.C. Sec. 1073.

El 15 de junio de 2006 se presentaron cargos ante el magistrado federal Robert N. Block, de la Corte de Distrito federal para el Distrito de California. Ese mismo día, el referido foro judicial expidió orden de arresto contra “Christopher

Alan Merced II aka Santos Montalvo Escobar”. Lo anterior fue enviado a las autoridades federales en Puerto Rico.

El 6 de julio de 2006, el magistrado federal de la Corte de Distrito Federal para el Distrito de Puerto Rico, Gustavo A. Gelpí, dictó una orden de registro contra una propiedad localizada en Vega Baja, en torno a otros hechos que a la sazón investigaba la agencia federal Drug Enforcement

Administration (D.E.A.). Ese mismo día se ejecutó la orden de registro y se arrestó en la propiedad al peticionario, Sr.

Merced.

Una vez hecho el arresto, se concluyó que el Sr. Merced era la misma persona que estaba siendo requerida por el estado de California y así se lo informaron al peticionario.

Así las cosas, las autoridades federales le entregaron la custodia del Sr.

Merced a las autoridades de Puerto Rico y le informaron de su alegada condición de prófugo. Le entregaron, además, los documentos acreditativos del requerimiento hecho por el estado de California. De ahí que la Policía de Puerto Rico condujo entonces al Sr. Merced ante el foro primario, donde presentó querella y levantó declaración jurada, en la que consignó tener motivos fundados para creer que el Sr. Merced era requerido por el estado de California.

Ese mismo día, la Juez Municipal, Hon. Ada López Santiago, expidió orden de arresto contra el peticionario, le impuso una fianza ascendente a $100,000 y dictó auto de prisión provisional.

El 8 de septiembre de 2006, el Hon. Arnold Schwarzenegger, Gobernador del estado de California, emitió una requisición dirigida al Hon. Aníbal Acevedo Vilá, Gobernador de Puerto Rico, en la que solicitó la extradición del peticionario y le informó sobre los cargos criminales que pesaban en su contra en dicho estado. Acompañó con la petición todos los documentos acreditativos del proceso seguido, incluyendo una copia autenticada de las acusaciones y una declaración jurada del Agente Kent Eischen, detective asignado al “Task

Force” de Vehículos Hurtados del Condado de Orange en California.

En su declaración jurada, el Agente Eichen afirmaba que el peticionario, la persona arrestada en Puerto Rico por agentes del F.B.I.

el 6 de julio de 2006, cuya imagen aparecía en unas fotografías unidas a la...

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