Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Noviembre de 2007, número de resolución KLCE0701691
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE0701691 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 29 de Noviembre de 2007 |
LEXTA20071129-06 Terrazas Del Sol F. Mc.P,Inc. v. Ciales
Multi Housing,Corp.
TERRAZAS DEL SOL F.Mc.P, INC.
CIALES MULTI HOUSING CORP.
KLCE0701691
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo
Sobre: Cumplimiento Específico de Contrato
Caso Civil Núm.
CAC2004-4407(401)
Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, la Juez Feliciano
Acevedo y el Juez Miranda de Hostos.
Martínez Torres, Juez ponente
RESOLUCIÓN
La parte demandada-peticionaria, Ciales
Multihousing, Corp., acude ante nos mediante el presente recurso de certiorari para solicitar que revoquemos el dictamen emitido el 2 de octubre de 2007 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo. En la referida resolución, el tribunal apelado denegó la solicitud de la parte demandada-peticionaria
para enmendar la contestación a la demanda e incluir una reconvención contra la parte demandante-recurrida, Terrazas del Sol F. Mc. P., Inc. Por los fundamentos que expondremos a continuación proveemos no ha lugar a la solicitud
de certiorari.
I
El 15 de abril de 2003, la demandada-peticionaria, Ciales Multihousing, Corp., (en adelante Ciales Multihousing) otorgó un contrato de opción de compraventa a favor de la parte demandante-recurrida, Terrazas del Sol, Mc.
P., Inc.(en adelante Terrazas del Sol) Por motivo del alegado incumplimiento de las condiciones establecidas en el referido contrato por parte de, Ciales Multihousing, el 7 de diciembre de 2005 Terrazas del Sol presentó una demanda ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo. Por su parte, el 26 de mayo de 2005 la demandada-peticionaria, Ciales
Multihousing, presentó su contestación a la demandada y negó todo tipo de responsabilidad por lo allí alegado. Sin embargo, no presentó ninguna reconvención contra la parte demandante-recurrida, Terrazas Del Sol. Así las cosas, comenzó el proceso litigioso y luego de más de dos (2) años de contestada la demanda, el 9 de julio de 2007, Ciales Multihousing presentó una moción en la que solicitó permiso al Tribunal de Primera Instancia para enmendar su contestación a la demanda e incluir una reconvención por incumplimiento de contrato y daños, Terrazas del Sol. Por su parte, el 19 de julio de 2007, Terrazas del Sol solicitó una prórroga para presentar su oposición a la referida solicitud de enmienda y reconvención.
El 20 de julio de 2007, el foro recurrido autorizó la enmienda solicitada. Sin embargo, el 8 de agosto de 2007 el tribunal a quo concedió la prórroga que solicitó la demandante-recurrida, Terrazas del Sol.
Posteriormente, Terrazas del Sol presentó su...
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