Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2008, número de resolución KLRA070802

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA070802
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Junio de 2008

LEXTA20080630-174 González García v. Santa María Development, S.E.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal de Apelaciones

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO

PANEL VIII

IVÁN GONZÁLEZ GARCÍA Y/O YANIRA MEDINA CLAUDIO

Querellante-Recurrida

v.

SANTA MARÍA DEVELOPMENT, S.E.

Querellada-Recurrente

KLRA070802

Revisión de Decisión Administrativa del Departamento de Asuntos del Consumidor

Sobre: Defectos de Construcción

Querella Núm.

2000010858

Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, la Juez Cotto

Vives y el Juez Miranda de Hostos.

Martínez Torres, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2008.

La parte querellada-peticionaria, Santa María Development S.E., acude ante nos mediante el presente recurso de revisión para solicitar que revoquemos la resolución emitida el 5 de junio de 2007 por el Departamento de Asuntos del Consumidor (D.A.Co.), Oficina Regional de Arecibo. En la referida resolución, el D.A.Co. declaró nulo el contrato de compraventa suscrito con la parte querellante-recurrente, el Sr. Iván González García y la Sra. Yanira Medina Claudio.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos la resolución administrativa. Ésta es conforme a derecho.

I

La parte querellante-recurrida, el Sr. Iván González

García y la Sra. Yanira Medina Claudio, suscribieron un contrato de compraventa con la parte querellada-recurrente, Santa María Development S.E., para adquirir una propiedad en la Urbanización Estancias de Santa María en el Municipio de Manatí. Luego de varios meses de haberse suscrito dicho contrato, los querellantes-recurridos

presentaron una querella ante el D.A.Co. en la que reclamaron que se declarara la nulidad del contrato de compraventa, ya que en la vivienda que adquirieron había defectos de construcción. Según alegan los querellantes-recurridos, dicha vivienda sufre de varios defectos entre éstos: (1) problemas de empozamiento

de aguas pluviales en el solar; (2) y un problema de desbordamiento de aguas negras en la alcantarilla que está frente a la referida propiedad. Según alega la parte querellante-recurrida, este problema con el sistema de tuberías causa que la propiedad se inunde cuando hay gran precipitación de lluvia. La parte querellada-recurrente, Santa María Development, presentó la correspondiente contestación a la querella en la que se opuso a la reclamación instada por los querellantes-recurridos. Luego, el D.A.Co.

celebró la vista administrativa y determinó que procedía la nulidad del contrato de compraventa suscrito por las partes.

Inconforme, la parte querellada-recurrente, Santa María Development, presentó el recurso de revisión que nos ocupa en el que alegó, en síntesis, que erró el D.A.Co. al declarar la nulidad del contrato de compraventa por dolo y, en consecuencia, imponerle responsabilidad a la querellada-peticionaria.

Además, señaló que erró el D.A.Co. al ordenar que la querellada-peticionaria, Santa María Development, cancele las deudas hipotecarias que las...

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