Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2008, número de resolución KLRA080425
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA080425 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2008 |
FERRÉ DEVELOPMENT CORPORATION Y MAR CHIQUITA DEVELOPMENT CORPORATION Querellantes-Recurridas v. DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES Querellada y Agencia-Recurrida FIRST SEAWAY TWO PUERTO RICO CORPORATION Querellada-Recurrente | KLRA080425 | REVISIÓN ADMINISTRATIVA PROCEDENTE DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES Caso Núm. 06-615-ZMT Sobre: IMPUGNACIÓN A CERTIFICACIÓN DE DESLINDE 05-2001-434 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Arbona Lago, el Juez Salas Soler y la Jueza
Cotto Vives.
Cotto Vives, Jueza
Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2008.
Comparece ante este Tribunal, First Seaway
Two Puerto Rico Corporation
para que revisemos tanto la resolución emitida el 11 de febrero de 2008, como la resolución enmendada del 22 de febrero del mismo año, ambas del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). Nos solicitan que revoquemos las aludidas resoluciones argumentando que las recurridas, Ferré Development Corporation y Mar Chiquita Development Corporation, carecen de legitimidad para impugnar la certificación de deslinde núm.
05-2001-434 del DRNA. Además, Seaway reclama que la agencia administrativa invalidó erróneamente la certificación porque no notificó del deslinde a las recurridas a través de correo certificado con acuse de recibo.
Por entender que las resoluciones del DRNA se ajustan a derecho, determinamos confirmarlas.
El 8 de noviembre de 2000, Seaway firmó una opción de compraventa sobre tres fincas adyacentes, colindantes con el Océano Atlántico, ubicadas en el barrio Tierras Nuevas Poniente del Municipio de Manatí. Dos de las fincas eran propiedad de Ferré Development y la tercera pertenecía a Mar Chiquita.
La compra de los terrenos, que nunca se concretó, tenía como fin ulterior el desarrollo de un complejo turístico y residencial. Como parte del acuerdo de opción a compra, los vendedores permitieron a Seaway
acceder a los terrenos y realizar los estudios e inspecciones que fueran necesarios para encaminar el desarrollo del proyecto. Esto incluía hacer consultas a las agencias federales, estatales y municipales que tuvieran jurisdicción sobre el uso de la propiedad.
Del expediente del caso surge que el señor Ricardo Hernández, el cual firmó el contrato de compraventa en calidad de administrador de Ferré Development y Mar Chiquita, participó en reuniones relacionadas al desarrollo turístico. Incluso, colaboró con el agrimensor que Seaway contrató para realizar el deslinde.
El 5 de julio de 2001, el DRNA certificó el deslinde que presentó el agrimensor Renán López de la Asúa, de RLDA Surveying and Mapping.
El estudio concluyó que las fincas tenían 19 cuerdas menos de lo que se había indicado en la opción de...
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