Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Agosto de 2008, número de resolución KLRA200701332

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200701332
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Agosto de 2008

LEXTA20080829-129 Torres Colón v. Adm. de Corrección

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VIII

JORGE TORRES COLÓN
RECURRENTE
V.
ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN
RECURRIDO
KLRA200701332
APELACIÓN procedente de la Administración de Corrección Sobre: Reclasificación de Custodia

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Velázquez Cajigas

y la Juez Carlos Cabrera.

González Vargas, Troadio, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de agosto de 2008.

El señor Jorge Torres Colón, confinado bajo la custodia de la Administración de Corrección en la Institución de Máxima Seguridad del Complejo Correccional de Ponce, recurre ante este Tribunal argumentando que la agencia abusó de su discreción al no modificarle el nivel de custodia, a pesar de que, según la escala de clasificación del Comité de Clasificación y Tratamiento, era acreedor del cambio.

Con el beneficio de la comparecencia de la Administración de Corrección, representada por la Oficina del Procurador General, y examinado el derecho aplicable, procedemos a resolver.

I.

El señor Torres Colón se encuentra confinado en un nivel de máxima seguridad, luego de haber resultado convicto por tres asesinatos en primer grado y sentenciado a 297 años de confinamiento. Ingresó a prisión en el 1993, cuando tenía 20 años de edad, por lo que cualificaría para ser elegible al Programa de Libertad Bajo Palabra en el 2068, esto es, a sus 95 años. El máximo de su condena se cumple el 11 de octubre de 2290. Desde su confinamiento hace poco más de 13 años, el señor Torres Colón ha participado de varios programas de rehabilitación ofrecidos por la Administración de Corrección, obtuvo su diploma de cuarto año de escuela superior y ha demostrado un buen ajuste institucional.

Del expediente surgen copias de varios certificados que acreditan su asistencia y aprovechamiento de los beneficios de los programas institucionales, entre éstos, un curso de fotografía, uno de programación de computadoras, participación deportiva, y programas para el manejo de conflictos y de adicciones. Asimismo no se desprenden querellas ni actos de indisciplina durante el período de su confinamiento. Como parte del proceso de evaluación rutinaria, en agosto de 2007, el Comité de Clasificación y Tratamiento reconoció el progreso del señor Torres Colón en su rehabilitación, según reseñado, pero mantuvo el mismo nivel de custodia máxima.

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