Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Febrero de 2009, número de resolución KLRA200800811
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA200800811 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2009 |
LEXTA20090227-62 Telecomunicaciones de P.R., Inc. v. Junta Reglamentadora
de Telecomunicaciones de P.R.
TELECOMUNICACIONES DE PUERTORICO, INC. Recurrente Vs. JUNTA REGLAMENTADORA DE TELECOMUNICACIONES DE PUERTORICO Recurrida | | Revisión administrativa procedente de la Junta Reglamentadota de Telecomunicaciones de Puerto Rico Caso Núm.: JRT- |
Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Juez Varona Méndez y el Juez Cabán García.
García García- Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2009.
Telecomunicaciones de Puerto Rico, Inc. (en adelante la recurrente) comparece ante este Tribunal solicitando la revisión de la orden en reconsideración emitida por la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico (en adelante la Junta) el 4 junio de 2008 y notificada a las partes el 13 de junio de 2008. Mediante ésta se denegó la reconsideración
de la Orden emitida el 20 de febrero de 2008 solicitada por la recurrente.
Posteriormente, compareció la Junta mediante escrito en oposición y para solicitar la desestimación del recurso de epígrafe por alegadamente
haberse presentado fuera del término jurisdiccional. Arguye que la reconsideración solicitada por la recurrente ante el foro administrativo fue presentada pasado el término establecido en ley. Por tanto, no se interrumpió el término para acudir en revisión ante este Foro, y así lo resolvió este Tribunal en el caso KLRA200800662, en el cual la recurrente solicitó revisión de la misma orden de 20 de febrero de 2008.
Con el beneficio de la comparencia de las partes y contando con el derecho aplicable, procedemos a resolver. Primeramente atendemos la solicitud de desestimación.
En el presente caso, la Junta emitió una orden el 20 de febrero de 2008 en relación a la transferencia del control de la recurrente a otra corporación. Esta orden fue notificada a las partes el 14 de marzo de 2008. Así las cosas, la recurrente tenía hasta el jueves, 3de abril para solicitar reconsideración y hasta el 13 de abril para acudir ante este Tribunal, que por ser domingo, se extendía hasta el lunes 14 de abril de 2008.
Surge del expediente que la recurrente solicitó reconsideración
el 7 de abril. Es decir, pasados cuatro (4) días de haber vencido el término para ello. La Junta informó haber acogido la...
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