Sentencia de Tribunal Apelativo de 3 de Julio de 2009, número de resolución KLRA200900678

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200900678
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 3 de Julio de 2009

LEXTA20090703-05 Cropper v. Cropper

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE FAJARDO

PANEL VIII

JENNIFER L. CROPPER Recurrida v. LESLIE E. CROPPER Recurrente KLRA200900678 R E V I S I Ó N procedente de la Administración para el Sustento de Menores del Departamento de la Familia SOBRE: ALIMENTOS Caso Núm. 0321927

Panel integrado por su presidente, el Juez Miranda De Hostos y los Jueces Escribano Medina y Bermúdez Torres

Miranda De Hostos, J.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 3 de julio de 2009.

El recurrente Leslie E. Cropper, acude en revisión judicial de una resolución emitida por la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), la cual denegó la moción de reconsideración que éste presentara sobre una orden de alimentos emitida en su contra.

Se desestima el presente recurso de revisión judicial, por haberse presentado fuera del plazo jurisdiccional. Veamos los fundamentos de nuestro dictamen.

I

La Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU), Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, rige y

define el ámbito de la revisión judicial de las decisiones administrativas.3 L.P.R.A. sec. 2165. A tal fin, la sección 3.15 de la referida ley, dispone que la parte adversamente afectada por una determinación de una agencia administrativa puede solicitar reconsideración ante la agencia dentro del plazo de veinte (20) días desde la notificación del dictamen a ser revisado. Aut. Desp. Sólidos v. Mun. San Juan, 150 D.P.R. 106, 112 (2000). Dicha sección de ley determina que:

La parte adversamente afectada por una resolución u orden parcial o final podrá, dentro del término de veinte (20) días desde la fecha de archivo en autos de la notificación de la resolución u orden, presentar una moción de reconsideración de la resolución u orden.[...].

3 L.P.R.A. sec. 2165.

Por otro lado, la Ley para el Sustento de Menores, fue creada con el propósito de establecer como política pública el fomentar la paternidad y maternidad responsable. Martínez v. Rodríguez, 160 D.P.R. 145, 152 (2003); Chévere v. Levis, 150 D.P.R. 525, 535 (2000). Dicho estatuto dispone en su artículo 21, que la parte adversamente afectada por el dictamen administrativo podrá, dentro de un término de treinta (30) días contados a partir de la fecha del archivo en autos de la copia de la notificación de la orden del Juez Administrativo, presentar una solicitud de revisión ante el Tribunal de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR