Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2009, número de resolución KLRA20081225

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA20081225
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2009

LEXTA20090930-94 Suarez

Morales v. Adm. de los Sistemas de Retiro del Gobierno y la Judicatura

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

ADAN SUAREZ MORALES
RECURRENTE
V.
ADMINISTRACIÓN DE LOS SISTEMAS DE RETIRO DEL GOBIERNO Y LA JUDICATURA
RECURRIDA
KLRA20081225
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Junta de Síndicos de la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura Caso Núm. 2005-0757

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, el Juez Soler Aquino y la Juez Carlos Cabrera.

González Vargas, Troadio, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2009.

El señor Adán Suárez Morales nos solicita la revocación de la Resolución emitida por la Junta de Síndicos de la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura (Junta de Síndicos), el 3 de septiembre de 2008, archivada copia de su notificación ese mismo día. Mediante este dictamen la Junta de Síndicos confirmó la determinación de la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura (Administración) de denegar al señor Suárez la concesión de una pensión por incapacidad ocupacional o no ocupacional.

Examinadas las alegaciones de las partes, así como la totalidad de los autos, resolvemos conforme al derecho aplicable.

I.

El señor Suárez nació el 15 de octubre de 1961. Al momento de su evaluación para determinar si era elegible para acogerse a la pensión del Retiro tenía 46 años. Su último trabajo en el servicio público fue como Sargento del Departamento de Corrección, y cotizó 20.50 años de servicios en el Sistema de Retiro.

En octubre de 2003 el señor Suárez sufrió un accidente relacionado con su empleo, según lo determinó la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) en el caso 04-11-01379-3. En ese entonces la CFSE le concedió un 10% de incapacidad en las funciones fisiológicas generales, bajo el diagnóstico de una condición emocional.

En marzo de 2004 éste sometió ante la Administración una solicitud de pensión por incapacidad ocupacional y no ocupacional. Incluyó las condiciones relacionadas por la CFSE y las condiciones no relacionadas de “esophageal acalasia”1, gastritis crónica2 y GERD.

Mediante comunicación del 21 de septiembre de 2005 la Administración determinó que el señor Suárez estaba capacitado para desempeñar labores en el servicio público, por lo que denegó su solicitud.

Inconforme, recurrió ante la Junta de Síndicos. Luego de los trámites de rigor se celebró la vista administrativa. En ésta el señor Suárez

declaró que contaba con 46 años, residía con su esposa y tres hijos, tenía cuarto año de escolaridad superior y laboraba para el Departamento de Corrección como Sargento Comandante. Manifestó que luego de sufrir un accidente laboral desarrolló problemas de sueño, coraje, alucinaciones visuales y auditivas, y recuerdos traumáticos sobre su trabajo. Por ello, se reportó a la CFSE y allí fue atendido por varios psiquiatras, quienes le recetaron una píldora al acostarse de Tranxene 15 mg y Restoril

30 mg. Indicó, además, que no había mejorado con el tratamiento psiquiátrico y que consideraba que no podía regresar a trabajar por sus problemas emocionales.

Sobre sus condiciones orgánicas manifestó que sufre de gastritis, dolor estomacal y que fue operado de acalasia. Para estas condiciones ingiere una píldora diaria de Zantac 300mg, una píldora de Sucrafalte

después de las comidas, Reglan 10mg, Nexium 40mg y Depacote. Por último, declaró que recibe los beneficios del seguro social con nombramiento de tutor.

Además del testimonio del señor Suárez la Junta de Síndicos evaluó los siguientes documentos:

  1. Formulario Mental del doctor José

    Ríos Cervantes del 9 de marzo de 2009 y sus notas de progreso. El doctor Ríos fue el psiquiatra del señor Suárez

    durante los años 2003 y 2004. Éste lo atendió por problemas de sueño y ansiedad. La apariencia física del señor Suárez era en términos generales, buena, aunque sumamente delgado. Durante las sesiones de tratamiento el doctor Ríos observó que el señor Suárez

    presentaba pensamientos de minusvalía y desesperanza, así como ánimo deprimido. Concluyó que estaba orientado en persona, lugar y tiempo, aunque con lagunas en su memoria inmediata. Indicó, además, que el señor Suárez no había sido hospitalizado por estas condiciones. Como parte del historial familiar en el Informe se señaló que el hermano del señor Suárez se había suicidado con medicamentos. Diagnóstico: depresión mayor con rasgos mixtos, GAF 60-51.

  2. Evaluación psiquiátrica

    del doctor Oscar Cardona

    para la CFSE del 25 de junio de 2004. El doctor Cardona

    diagnosticó al señor Suárez con depresión mayor recurrente.

  3. Informe Psiquiátrico

    Inicial del doctor Norberto Pellot

    para la CFSE del 16 de septiembre de 2003. El doctor Pellot

    diagnosticó al señor Suárez con trastorno adaptativo mixto. GAF 45-55.

  4. Rayos X de pecho del 7 de noviembre de 2003. Resultados normales.

  5. CT Scan

    del abdomen y pelvis del 10 de noviembre de 2003. Sigmoid

    diverticulosis leve.

  6. Informe Médico de Solicitud completado por el doctor Mario Maldonado del 6 de noviembre de 2003. De ahí surge que el señor Suárez

    fue operado en febrero de 2002 de acalasia esofágica, por lo que estuvo hospitalizado alrededor de 28 días y perdió más de 60 libras. Posteriormente desarrolló GERD crónica.

  7. Informe Psiquiátrico

    Inicial del Dr. Norberto Pellot

    para la CFSE del 19 de diciembre de 2003.

    La Junta de Síndicos, al evaluar la totalidad del expediente, destacó el valor probatorio de la siguiente evidencia:

  8. Documentos de la CFSE.

  9. Examen Fluoroscópico

    “barium swallow” realizado el 3 de enero de 2002. “Esophageal acalasia”. Placa de pecho en la misma fecha que arrojó resultados normales.

  10. Biopsia gástrica del 7 de mayo de 2003. Diagnóstico de severa esofagitis con ulceración y gastritis crónica con actividad leve.

  11. Notas de progreso de los años 2002 a 2003 del doctor Rafael Solís, gastroenterólogo.

  12. Evaluación psicológica efectuada por el doctor Félix Álamo Hernández para la CFSE el 9 de septiembre de 2003. En ésta diagnóstico al señor Suárez

    con desorden depresivo mayor, desorden generalizado de ansiedad, psicosis atípica.

  13. Formulario gastrointestinal completado por el doctor Rafael Solís Mournier el 7 de marzo de 2005.

  14. Informe de Gastroscopía

    realizada el 11 de marzo de 2005, en el que se detectó úlcera en el esófago y esofagitis.

  15. Revisión Médica de Expediente efectuada por el Médico Asesor del Sistema, doctor Vicente Sánchez Quiles, el 15 de septiembre de 2005. Concluyó que en el caso del señor Suárez no se cumple con los criterios del Listado de Criterios Médicos para Determinación de Incapacidad 5.04, ni ningún otro por su condición orgánica.

  16. Revisiones Mentales de Expediente efectuadas por el Psiquiatra Asesor del Sistema, doctor Ramón Nevares Font, del 4 de mayo y 29 de agosto de 2005. En éstas se determinó que el caso del señor Suárez no alcanzaba ni igualaba los criterios de severidad requeridos por los Listados 11.04 y 12.06 para una incapacidad emocional.

  17. Evaluación psiquiátrica

    del doctor Luis A. Feliciano para la CFSE del 8 de noviembre de 2006. En ésta se hizo un diagnóstico de depresión mayor severa con rasgos psicóticos, GAF 60.

  18. Evaluación Psiquiátrica

    del doctor Juan G. Batista Reyes para la CFSE del 28 de noviembre de 2006. En ésta el doctor Batista diagnosticó depresión mayor severa recurrente con rasgos psicóticos GAF 45.

    Luego de hacer un extenso y complejo análisis sobre los padecimientos del señor Suárez, la Junta de Síndicos resolvió que las condiciones orgánicas...

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