Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Diciembre de 2009, número de resolución KLEM0900019
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLEM0900019 |
Tipo de recurso | Misceláneos |
Fecha de Resolución | 15 de Diciembre de 2009 |
LEXTA20091215-05 Thomas Dukovich
v. Coll Cruz
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
TRIBUNAL DE APELACIONES
REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN
DANIEL THOMAS DUKOVICH Demandado v. MARÍA VICTORIA | KLEM0900019 | Escrito misceláneo procedente |
Panel integrado por su Presidenta, la Jueza García García, y las Juezas Coll Martí y Varona
Méndez.
Coll Martí, Jueza Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico a 15 de diciembre de 2009.
Comparece por derecho propio la demandada, y aquí peticionaria, María Victoria Coll
Cruz (en adelante, la Sra. Coll) mediante escrito intitulado Urgente Moción con Relación a Resolución Fechada el 29 de junio de 2009, por este Tribunal y para que se Detenga Vista de Caso Ilegal de División de Bienes Gananciales. En dicho escrito, la compareciente manifiesta su inconformidad con la forma en que el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, condujo una vista evidenciaria
celebrada el pasado 23 de julio de 2009.
Por su parte Daniel Thomas Dukovich (en adelante el Sr. Thomas) ha comparecido para
controvertir cada uno de los extremos discutidos por la Sra. Coll en su escrito. Nos indica que procede la desestimación de plano del escrito, toda vez que no existe ningún tipo de decisión por parte del Tribunal de Primera Instancia que sea susceptible de revisión. Coincidimos con esta apreciación, por lo que pasamos a desestimar el escrito toda vez que se presentó prematuramente.
Los procesos ante el Tribunal de Primera Instancia de Bayamón son el producto de la consolidación de tres demandas, a saber: DDI2005-1026 sobre divorcio por separación; el DAC2005-3100 sobre división de comunidad de bienes post gananciales y
Las partes estuvieron casadas bajo el régimen de la sociedad legal de gananciales. Durante su vida conyugal los esposos Thomas-Coll procrearon dos hijos. Sólo uno de ellos era menor de edad al momento de iniciarse los procedimientos.
El 3 de mayo de 2005 el Sr. Thomas
presentó Demanda de Divorcio bajo la causal de separación. Luego de tramitado el pleito, el Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia el pasado 12 de julio de 2005. En la referida Sentencia, aparte de quedar disuelto el vínculo matrimonial entre las partes, también se dispuso una pensión para el hijo menor de edad y una pensión catalogada como pendente
lite, a favor de la Sra. Coll, hasta tanto se culminara la división de la comunidad de bienes post gananciales existente entre ellos.
El 16 de septiembre de 2009 la Sra. Coll
presentó una moción en la que le solicitaba al tribunal sentenciador que enmendara las sumas adjudicadas en su dictamen para alimentos tanto para su hijo como para ella. Argumentó que el tribunal había ordenado a ambas partes someter un proyecto de Sentencia. Alegó que el Sr. Thomas había presentado un Proyecto de Sentencia unilateralmente y sin consultarle. En dicho documento se dispuso una cantidad inferior a la acordada como pensión para la Sra. Coll. Por consiguiente, solicitó una enmienda de la Sentencia que atendiera este extremo.
El Sr. Thomas se allanó a que se enmendara la Sentencia para que indicaran las cantidades esgrimidas por la Sra.
Coll. Presentó moción a tales efectos el 20 de septiembre de 2005.(1)
Es preciso aclarar que el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba