Sentencia de Tribunal Apelativo de 23 de Diciembre de 2009, número de resolución KLAN200900085
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN200900085 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 23 de Diciembre de 2009 |
EL | | Apelación procedente |
Panel integrado por su presidente, el juez Rivera Martínez, la juez Jiménez Velázquez y la juez Gómez Córdova.
Rivera Martínez, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de diciembre de 2009.
Comparece Rafael Soto Román (en adelante señor Soto) para solicitarnos que revoquemos una sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez (en adelante TPI) el 19 de diciembre de 2009 y notificada el 29 de diciembre de 2008. Mediante la misma, dicho foro le impuso al señor Soto una pena de tres (3) años de reclusión por violación al Artículo 5.05 de la Ley de Armas, 25 L.P.R.A. sec. 458d, a cumplirse de manera
consecutiva con una pena de veinte (20) años de cárcel por el delito de asesinato en segundo grado.
Luego de evaluar el recurso, la normativa aplicable, así como la transcripción de la prueba estipulada por las partes, determinamos confirmar la sentencia apelada.
Por hechos ocurridos el 18 de marzo de 2007, el Ministerio Público presentó dos acusaciones contra el señor Soto en las que se le imputó la comisión del delito de asesinato en segundo grado y una violación al Artículo 5.05 de la Ley de Armas, supra, que tipifica la portación y uso de un arma blanca. En las referidas acusaciones, se alegó que el señor Soto, de manera ilegal, maliciosa, a sabiendas, criminalmente y para fines de ofensa y defensa, poseía el arma blanca con la cual asesinó al señor Belford Ramírez García (en adelante señor Ramírez) con un cuchillo, mediante el cual le propinó una herida en el cuello que le ocasionó la muerte.
Luego de varios trámites procesales, se celebró el juicio contra el señor Soto. El Ministerio Público presentó como testigos de cargo a las siguientes personas: señora Zita M. Cruz Pagán (en adelante señora Cruz), Agente Luis Flores Morales (en adelante agente Flores) y el Agente Oscar Vargas (en adelante agente Vargas).
Por su parte, la defensa presentó el testimonio pericial
del doctor Javier G. Serrano Serrano (en adelante Dr.
Serrano).
A continuación, resumimos las declaraciones que realizaron los testigos durante el juicio.
Señora Zita M. Cruz Pagán
Durante el examen directo, la señora Cruz declaró que era gerente del Burger King
que se encuentra en la calle Bosque del municipio de Mayagüez. Expresó que el 18 de marzo de 2007, mientras se encontraba trabajando en dicho establecimiento y aproximadamente a las dos de la mañana, llegó el señor Ramírez junto a un grupo de personas. Declaró que ella misma le tomó la orden de comida a dicho grupo. Manifestó que posteriormente llegó otro grupo de personas entre los que se encontraba el señor Soto. Señaló que conocía personalmente al señor Soto ya que era el que le recortaba el cabello al padre de sus hijas. Continuó declarando que mientras le estaba tomando la orden al grupo del señor Ramírez, el señor Soto hizo unos comentarios como tirándole piropos a una muchacha que se encontraba en el grupo del señor Ramírez. Señaló que uno de los acompañantes del señor Ramírez le indicó a éste los comentarios del señor Soto y que el primero hizo caso omiso a los mismos y continuó ordenado la comida. Expresó que luego de que se le sirviera la orden, el grupo del señor Ramírez se sentó a comer y el señor Soto comenzó nuevamente a hacer comentarios dirigidos al grupo del señor Ramírez y viceversa. Declaró que luego el señor Soto se levantó y se dirigió hacia donde se encontraba el señor Ramírez y al éste levantarse el señor Soto lo empujó. Indicó que en ese momento, ella le dijo que tenían que salir del establecimiento. Manifestó que posteriormente ambos continuaron comiendo. Expresó que luego de que terminó de comer, el señor Soto se dirigió al zafacón que estaba al lado del señor Ramírez y le indicó que si era macho que saliera afuera. Relató que el señor Soto salió del establecimiento y unos minutos más tarde el señor Ramírez también salió y ésta decidió llamar a la policía.1
La señora Cruz declaró, además, que cuando el señor Ramírez bajaba las escaleras del restaurante el señor Soto le tiró un vaso con hielo. Manifestó que en el estacionamiento del restaurante se encontraban el grupo de los acompañantes del señor Soto y el grupo de acompañantes del señor Ramírez. Indicó que el grupo del señor Ramírez estaba tranquilo y que el grupo del señor Soto era el que estaba incitando a pelear. Señaló que mientras ella miraba a través de las vitrinas de cristal hacia el área del estacionamiento, vio que ambos estaban tirándose puños pero que ninguno de éstos los alcanzó. La señora Cruz continuó declarando que, de momento, el señor Soto introdujo su mano derecha en el bolsillo y sacó una cuchilla con la que le hizo una herida en el lado izquierdo del cuello al señor Ramírez. A preguntas del Ministerio Público, indicó que cuando el señor Soto sacó la cuchilla de su bolsillo el señor Ramírez no hizo nada, porque ya ellos habían bajado las manos. Declaró que posteriormente el señor Soto se fue del lugar en una motora.
Agente Luis Flores Morales
El agente Flores testificó que trabaja en la Policía de Puerto Rico desde hace catorce (14) años como Agente investigador de delito tipo uno en el Distrito de Mayagüez. Declaró que el 18 de mayo de 2007 recibió una llamada en la que se reportó un altercado entre dos individuos en el Burger King del sector Barcelona en Mayagüez. Expresó que mientras se estaba acercando al lugar, recibió otra llamada en la que se le indicó que había una pelea en proceso y una persona herida. Declaró que al llegar al estacionamiento del Burger
King, encontró al señor Ramírez tirado en el pavimento y al tratar de ofrecerle ayuda se dio cuenta que éste aparentaba estar sin vida. Continuó testificando que minutos más tarde llegaron los paramédicos y éstos certificaron que el señor Ramírez estaba muerto y procedió a custodiar la escena. El agente Flores señaló que custodiar la escena significaba asegurase de que los testigos permanecieran en dicho lugar, identificarlos e instalar la cinta de perímetro para que ninguna persona pudiese entrar ni salir del lugar. Declaró que luego...
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