Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Febrero de 2010, número de resolución KLRA200901274

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200901274
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2010

LEXTA20100217-04 Cortés Ruiz v. Adm. de Corrección

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL ESPECIAL

RAFAEL CORTÉS RUIZ Recurrente v. ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Recurrida KLRA200901274 R E V I S I Ó N procedente de la Administración de Corrección SOBRE: APELACIÓN DE CLASIFICACIÓN Confinado Núm. P676-1339

Panel integrado por su presidente, el Juez Miranda De Hostos y los Jueces Escribano Medina y Bermúdez Torres

Miranda De Hostos, J.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de febrero de 2010.

El recurrente Rafael Cortés Ruiz acude ante nos en revisión judicial de una resolución emitida por el Departamento de Corrección y Rehabilitación, mediante la cual le reclasificaron en custodia mediana.

Alega en síntesis el recurrente que la Administración de Corrección incidió al ratificar su custodia mediana, sin estar fundamentada en evidencia sustancial del expediente y sin considerar las recomendaciones emitidas por el Negociado de Rehabilitación y Tratamiento sobre custodia mínima. Además, sostiene que incidió al no emitir una

resolución fundamentada con determinaciones de hecho y conclusiones de derecho.

Considerado el recurso presentado y su oposición, se confirma el dictamen administrativo emitido por el Departamento de Corrección y Rehabilitación. Veamos porqué.

I

El Artículo VI, Sección 19 de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la Ley Núm. 116 de 22 de julio de 1974, según enmendada, 4 L.P.R.A. 1101 et. seq., establecen que la política pública de las instituciones penales es propiciar la rehabilitación moral y social del confinado mediante la prestación de servicios individualizados. Esta política pública también ha sido promulgada mediante el Mandato Constitucional de Rehabilitación, que implanta un sistema para la clasificación de los confinados en atención a determinados niveles de custodia, tomando en consideración sus características individuales. 4 L.P.R.A. sec. 1611 et. seq.

El Departamento de Corrección y Rehabilitación tiene la encomienda de implantar dicha política pública toda vez que ostenta la custodia legal de los confinados a través de la Administración de Corrección.

De acuerdo a esta facultad delegada, se adoptó el Manual para Crear y Definir Funciones del Comité de Clasificación y Tratamiento en las Instituciones Penales, Reglamento Núm. 7334 de 10 de abril de 2007, (en adelante Manual de Reglas); y el Manual de Clasificación de Confinados, Reglamento Núm. 6067 de 23 de diciembre de 1999 (en adelante Manual de Clasificación). Ambos reglamentos limitan la discreción de la Administración en todos los asuntos relacionados con la clasificación de...

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