Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Junio de 2010, número de resolución KLCE201000805
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201000805 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 21 de Junio de 2010 |
| KLCE201000805 | CERTIORARI |
Panel integrado por su presidente, el Juez Miranda De Hostos y los Jueces Escribano Medina y Bermúdez Torres
En San Juan, Puerto Rico, a 21 de junio de 2010.
Se presenta un recurso de certiorari
a fin de revisar una resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, que denegó una moción de desestimación de la parte peticionaria Holsum de Puerto Rico, de una reclamación instada en su contra por la parte recurrida Orlando David Droz, et als., sobre discrimen por edad, despido injustificado mediante el procedimiento sumario. En su dictamen el foro de instancia mediante sentencia parcial desestimó la reclamación sobre discrimen
por género, denegó desestimar el despido injustificado y la alegación respecto a la violación al derecho a la intimidad.
Alega en síntesis la parte peticionaria que incidió el foro de instancia al no desestimar la reclamación en su contra sobre despido injustificado y violación al derecho constitucional a la intimidad, aunque reconoce que dicho foro judicial actuó correctamente al desestimar la demanda en su contra por discrimen por razón de género.
No le asiste la razón a la parte peticionaria Holsum de Puerto Rico y según lo dispone la Ley 2 de 17 de octubre de 1961, 32 L.P.R.A. sec. 3118, et seq. y lo resuelto en Dávila
Rivera v. Antilles Shipping, Inc., 147 D.P.R. 483 (1999), se deniega expedir el auto de certiorari.
Veamos los fundamentos de nuestro dictamen.
En nuestra jurisdicción el ordenamiento legal vigente reconoce el procedimiento sumario para las reclamaciones laborales, entre otras, sobre despido, horas y
salarios, pago de vacaciones y discrimen en el empleo bajo la Ley 2, supra. Véase, Lucero v. The San Juan Star Co., 159 D.P.R.
494, 505 (2003); Piñero González v. A.A.A., 146 D.P.R. 890, 897 (1998). Al ser un procedimiento sumario de reclamación laboral, los procedimientos ante el foro judicial exigenceleridad en su trámite, con el propósito de proteger al trabajador y desalentar los despidos injustificados. Véase, Aguayo...
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