Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Junio de 2010, número de resolución KLCE20100868
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE20100868 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 25 de Junio de 2010 |
CONSEJO DE TITULARES CONDOMINIO TROPICANA Peticionario v. ABBYSS JANITORIAL & LAUNTROMAT SERVICE INC., P/C DE ABIGAIL GARCÍA APONTE Recurridos | KLCE20100868 | CERTIORARI procedente |
Panel integrado por su presidente, el Juez Miranda De Hostos y los Jueces Escribano Medina y Bermúdez Torres
Miranda De Hostos, J.
En San Juan, Puerto Rico, a 25 de junio de 2010.
El Consejo de Titulares del Condominio Tropicana, acude de una resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, que le ordenó pagar $5,000 al Lcdo. Roberto Webster Denizard
por concepto de honorarios de abogado, previo a conceder su relevo de representación legal.
Alega en síntesis el peticionario que el foro de instancia incidió al resolver controversias sobre el contrato de servicios profesionales habido con el Lcdo. Webster Denizard en el mismo pleito que éste le representó, y ordenarle pagar la cuantía en honorarios de abogado, concedida en la sentencia del pleito original.
Sin mayores trámites, a fin de la más rápida y eficiente disposición del recurso, se expide el auto de certiorari, se modifica la resolución revisada, revocán-dose la orden al peticionario sobre el pago de honorarios de abogado al Lcdo. Webster Denizard, y se confirma sobre los demás extremos. Regla 7(B)(5) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones de 2004, 4 L.P.R.A. Ap. XXII-B.
Procedemos a exponer el trámite del presente caso ante el foro de instancia.
El 28 de abril de 2004, el peticionario Consejo de Titulares representado legalmente por el Lcdo. Roberto Webster Denizard, instó una demanda sobre cobro de dinero contra Abbys Janitorial & Laundromat Service, titulares de un local comercial sito en el referido condominio. (Ap. I, págs.
1-2.) Luego de múltiples incidentes procesales, el 4 de junio de 2007, el tribunal de instancia dictó sentencia declarando con lugar la demanda en cobro de dinero instada por el peticionario y concediendo la suma de $5,000 por concepto de honorarios de abogado. (Ap. IV, págs. 8-11.)
Tras haber advenido
final y firme el referido dictamen, haberse realizado gestiones postsentencia y...
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