Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2010, número de resolución KLAN200900855

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200900855
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Junio de 2010

LEXTA20100630-25 Pueblo de P.R. v. González Colón

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE AGUADILLA

PANEL ESPECIAL

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
APELADO
V
ROBERTO GONZÁLEZ COLÓN
APELANTE
KLAN200900855
APELACIÓN CRIMINAL procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla SOBRE: ASESINATO ATENUADO, LEY DE ARMAS Crim. Núm. ALA2008G0218 AVI2008G0050

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Martínez, la Juez Gómez Córdova y el Juez Hernández Sánchez

Hernández Sánchez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a_30__ de junio de 2010.

Comparece ante nuestra consideración Roberto González Colón y solicita la revocación de la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla (T.P.I.), mediante la cual lo condenó a once años de cárcel luego de que el Jurado lo encontrara culpable por el delito de asesinato atenuado y violación al Artículo 5.05 de la Ley de Armas.

Luego de examinar la prueba presentada durante el juicio y los argumentos del apelante y la Procuradora General resolvemos confirmar la sentencia apelada.

I

Por hechos ocurridos el 16 de agosto de 2008 el Ministerio Público presentó acusación contra Roberto González Colón por el delito de asesinato atenuado, Artículo 108 del Código Penal, infra, e infracción al Artículo 5.05 de la Ley de Armas, infra.1 Durante el juicio, el Ministerio Público presentó los testimonios de Félix Cortés Cordero; 2) Giovanny Hernández

Rivera; 3) Jessica Pérez Jiménez; 4) John Hernández Vargas; 5) Agente Roberto Echevarría; y 6) Dra. Rosa María Rodríguez Castillo.

El testigo de cargo, Giovanny Hernández

Rivera fue testigo ocular de los hechos. Declaró que el día de los hechos conducía un vehículo de motor blanco, tipo pick-up, marca Nissan en compañía de José Rosa Torres, el occiso. En la caja trasera del vehículo llevaban pedazos de carne de cerdo cruda para venderla. Durante ese día habían visitado distintas residencias y lugares para repartir los pedidos de los clientes. Véase, Transcripción Juicio, págs. 26-27. Cuando terminaron de hacer las entregas decidieron picar los pedazos de carne que quedaban en tamaños más pequeños para que se les hiciera más fácil venderlos. Ambos acudieron a la casa de Don José para cortar las carnes y venderlas. Id. a las págs.

27-28. José y Giovanny fueron a varios sitios para vender las carnes hasta que solamente les quedaba un pedazo.

Así las cosas, se dirigieron a un negocio conocido como Tempo

Bar, ubicado en el pueblo de Moca, en el cual José intentaría vender el último pedazo de cerdo que le quedaba. Giovanny estacionó el vehículo frente al local y observó que había varias personas frente al negocio.

Id. a la pág. 29. José se bajó del vehículo, pero Giovanny

permaneció adentro escuchando la radio. Id. a la pág. 30. Giovanny

observó cuando José comenzó a hablar con el acusado, González Colón, en las afuera del negocio junto al auto. Id.

Mientras González Colón y José hablaban, Giovanny se bajó del carro para ir al baño que se encontraba en la parte interior del negocio. Al pasar al lado de ellos, Giovanny escuchó cuando José le dijo a González Colón que tenía cinco libras de cerdo para vender. Id. a la pág. 30. Antes de entrar al negocio, Giovanny

escuchó un ruido que describió como si fuera el de una silla cayendo al piso y se asustó. Id. a la pág. 31.

Al salir del negocio Giovanny vio que José se estaba levantando de un área verde con las manos en el pecho y notó que González Colón tenía una navaja abierta en sus manos. Id. a las págs.

31-32. Giovanny describió la navaja como una de cabo azul, aniquelada de unas siete pulgadas de largo y una pulgada de ancho. Id. a la pág. 32. En ese momento, José cayó al suelo, se levantó nuevamente y volvió a caer boca abajo al lado de la caja de la pick-up. Id. a la pág. 32.

Giovanny miró detenidamente y notó que González Colón tenía sangre en la ropa, en la cara y en la navaja. Id. a la pág. 32. Giovanny se percató de que dos personas salieron del negocio2 y les pidió ayuda pero estos no se detuvieron. Id. a las págs.

32-33. José estaba tirado en el piso y no se movía. Giovanny

temió que González Colón lo atacara a él también. Id. a la pág. 33. Giovanny declaró que González Colón guardó la navaja en uno de los bolsillos del pantalón. Id. a la pág. 45.

González Colón se dispuso a abordar su auto, pero regresó al lugar donde estaba José y le dijo a José “esto es para que aprendas a respetar a los hombres”.

Acto seguido lo cogió por los brazos y lo tiró en la parte de atrás de la guagua Nissan que conducía Giovanny.

Giovanny lo tomó de las piernas y lo acomodó en la caja del vehículo. Notó que estaba lleno de sangre y que no se movía ni respiraba. Id. a la pág. 33.

Giovanny declaró que trató de usar el celular para pedir ayuda, pero se le había agotado la batería. Id. a la pág. 34. Decidió ir a casa de su papá para pedirle ayuda. Cuando llegó a la residencia no había nadie.

Entonces llamó a su hermano por teléfono y le contó lo sucedido. Éste le aconsejó que llevara a José al Hospital San Carlos que él se encontraría con ellos allá. Id. Luego de hablar con su hermano, sacó la carne de la parte de atrás de la pick-up y le echó agua con la manguera a José para ver si reaccionaba. Id. a las págs. 115 y 126.

Cuando se dirigía al Hospital vio a su padre caminando hacia la casa quien se montó en el vehículo para acompañarlo al hospital. Id. a las págs. 34-35. Mientras se encontraban esperando en el Hospital les informaron que José había fallecido. A los pocos minutos, llegó la Policía para investigar el suceso. En el hospital Giovanny

fue entrevistado por el Agente Colón y el agente Mangual.

Por su parte, Félix Cortés Cordero declaró que el día de los hechos se encontraba tomando una cerveza en el Tempo Bar y que el dueño de ese negocio, Luis Lorenzo Méndez, estaba con él. Señaló que el acusado entró al negocio, le invitó una cerveza y luego salió del establecimiento. Id. a las págs. 7-8. Luego de esto, vio llegar una pick-up blanca con dos individuos adentro. Id. a las págs. 8-12. Don Félix y el dueño del negocio notaron que dos hombres estaban discutiendo afuera del negocio. Don Félix reconoció a González Colón como uno de los dos hombres. Id. a las págs.

6-7.3 El dueño del negocio le dijo a Don Félix que iba a cerrar “porque esto me huele feo”. Id. a las págs. 8 y 11. Don Félix le pidió al dueño del negocio que lo llevara a otro local porque no tenía vehículo de motor y quería irse del lugar lo más pronto posible. Félix observó cuando uno de los hombres movía las manos de manera agitada, por lo que entendió que estaban discutiendo.

Id. a las págs. 8-12.

El testimonio del papá de Giovanny es consistente con lo que éste último declaró en corte en cuanto a los hechos que tenía conocimiento personal. O sea, los hechos por la mañana en la casa y, posteriormente, cuando se monta en la guagua con Giovanny para ir al Hospital. El papá de Giovanny confirmó que José y Giovanny habían planificado vender un lechón ese día y cómo José había buscado a Giovanny para matar el lechón y luego se fueron para venderlo.

El testimonio de la Dra. Rodríguez Castillo se circunscribió a describir el proceso de identificación de los cadáveres en Ciencias Forenses y los resultados de varias pruebas que se realizaron. La doctora fue la patóloga que practicó la autopsia. Ésta reveló que la muerte fue causada por varias heridas que se le propinaron con un arma blanca como un cuchillo o una navaja. Una de las heridas le perforó el corazón. Id. a la pág. 347.

Por su parte, la Defensa presentó el testimonio de Israel Colón Mercado, agente investigador que inicialmente iba a declarar como prueba de cargo, pero que el Ministerio Público optó por ponerlo a la disposición de la Defensa y el Sr.

Luis Antonio Cintrón López, cuñado del acusado.

De la prueba presentada por la Defensa que es pertinente al recurso apelativo ante nos, tenemos el testimonio del Agente Israel Colón Mercado. Durante el juicio, éste declaró que entrevistó a Giovanny y a su papá.

Que tomó notas de la entrevista en una libreta. Id. a la pág. 397. Señaló que las notas se las entregó al agente Jorge Mangual

Concepción porque el teniente le asignó el caso a éste último para que continuara con la investigación. Id. a la pág. 403. Ante el hecho de que el agente Mangual no podría comparecer por estar fuera del país, el agente Colón hizo las gestiones para comunicarse con él y pedirle las notas. Declaró que el agente Mangual le informó que las había destruido.

Luego de hacer el recuento de la prueba presentada por ambas partes durante el juicio resulta necesario, por su relación con los señalamientos de error presentados por el apelante, el discutir algunos hechos procesales relevantes al caso.

Antes de que comenzara el juicio, el T.P.I. confirmó que el agente Mangual no podría sentarse a testificar porque se encontraba fuera del país en una licencia militar. Véase, Minuta del 6 de marzo de 2009. Según surge de los autos originales del caso, el Agente Mangual, de la División de Homicidios del Municipio de Aguadilla, pertenece a la Guardia Nacional de Puerto Rico y desde el 15 de febrero al 30 de junio de 2009 estaría en un entrenamiento. Véase, Autos Originales de Instancia, pág. 166-167.

La Defensa solicitó que, ya que el agente Mangual no testificaría, se le aplicara la presunción de que su testimonio beneficiaría al acusado. El Juez determinó que la solicitud no procedía porque el agente Mangual había sido eliminado como testigo antes de que comenzaran los procedimientos porque éste era un testigo no disponible. Véase, Minuta del 23 de abril de 2009.

En relación a las notas del agente Colón, el Ministerio Público informó que las mismas no estaban disponibles porque él se las entregó al agente Mangual. A pesar de las diligencias que el Ministerio Público había realizado no se habían podido localizar las notas. No...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR