Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Septiembre de 2010, número de resolución KLRA201000842
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201000842 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2010 |
LEXTA20100930-54 Hernández Ocasio v.
Negociado de Seguridad de Empleo
EDWARD HERNÁNDEZ OCASIO | KLRA201000842 | Revisión procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (División de Apelaciones ante el Secretario) Caso Núm. CR-0107-010 Sobre: Denegación de beneficios por desempleo |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, la Jueza Fraticelli Torres y el Juez Hernández
Sánchez
Fraticelli Torres, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de septiembre de 2010.
El recurrente Edward Hernández
Ocasio nos solicita que revisemos la determinación del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos que lo declaró inelegible para recibir los beneficios del seguro por desempleo establecido por la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico, Ley Núm. 74 del 21 de junio de 1956, 29 L.P.R.A. § 701 et seq.
Luego de evaluar los méritos del reclamo y la postura de la agencia, resolvemos confirmar la resolución recurrida.
Veamos los antecedentes fácticos y procesales que justifican esta determinación.
El señor Edward Hernádez Ocasio trabajó como técnico de mantenimiento para la empresa
Luego del despido, el señor Hernández Ocasio
acudió al Negociado de Seguridad de Empleo del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos y solicitó los beneficios del seguro por desempleo. La División de Seguro por Desempleo del Negociado determinó que el señor Hernández Ocasio es inelegible para recibir el beneficio solicitado de acuerdo a las disposiciones de la sección 4(b)(3) de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico, ya citada.
Inconforme con esa determinación, el señor Hernández Ocasio solicitó la celebración de una audiencia ante un árbitro de la División de Apelaciones del Departamento. El 28 de abril de 2010 una árbitro de la División celebró la correspondiente audiencia. A ésta acudió el señor Hernández Ocasio y un representante del patrono que comenzó a trabajar para éste en fecha muy reciente al despido del recurrente.
Conforme a las determinaciones de hechos realizadas por la árbitro, el recurrente trabajó dos meses con
El patrono
Inconforme, el 19 de agosto de 2009, el señor Hernández Ocasio presentó este recurso de revisión especial. Aduce que el Secretario erró al decidir que él es inelegible a los beneficios de seguro por desempleo. Acogimos el recurso y dimos plazo a la agencia recurrida para exponer su postura. En cumplimiento de nuestra orden, el Secretario del Departamento, representado por la Oficina de la Procuradora General de Puerto Rico, presentó su alegato en el que reclama la deferencia que merecen las determinaciones de los organismos administrativos ante los foros apelativos.
Sostiene que la decisión de descalificar al recurrente no es arbitraria ni irrazonable y está...
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