Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Octubre de 2010, número de resolución KLAN201001074

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201001074
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2010

LEXTA20101019-04 Figueroa Ramos v. Adm. de Corrección

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL IV

HENRY FIGUEROA RAMOS Apelante v. ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN Apelada KLAN201001074 APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón CIVIL NÚM. D AC2010-1300 (504) SOBRE: DAÑOS Y PERJUICIOS, VIOLACIÓN DE DERECHOS CIVILES

Panel Integrado por su Presidente el Juez Arbona Lago, la Jueza Colom García y el Juez Vizcarrondo Irizarry

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de octubre de 2010.

Comparece el Sr. Henry Figueroa

Ramos, en adelante apelante, mediante la presentación de un escrito de apelación y solicita la revocación de la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia el 18 de mayo de 2010, notificada el 9 de julio de 2010. En dicha Sentencia se ordena el archivo y desestimación de la demanda en Daños y Perjuicios y Violación de Derechos Civiles presentada por el aquí apelante.

Contando con la comparecencia de ambas partes, se REVOCA la Sentencia apelada. Exponemos.

I.

Mediante Demanda sobre Daños y Perjuicios y Violación de Derechos Constitucionales presentada por derecho propio el 11 de mayo de 2010, el aquí apelante reclamó indemnización a la Administración de Corrección y al Estado Libre Asociado, por la cantidad de $75,000. Basó su reclamo en que el 13 de diciembre de 2009 fue sometido a un registro al desnudo por parte de varios Oficiales de Custodia. Alegó que el referido registro se llevó a cabo en el cuarto de visitar por cristal, ante la presencia de otros confinados y sus respectivos custodios. Alegó que la referida acción se convirtió en un espectáculo, pues las puertas del lugar donde se le registró estaban abiertas y todo el personal que pasaba miraba y veía lo que ocurría.

El registro al desnudo consistió en quitarse la ropa, y una vez desnudo, se tenía que doblar, frente a todos los presentes. Alegó que en su caso se completó el trámite de los remedios administrativos, y se le dio la razón a los Oficiales de Custodia que condujeron el registro, obviando el Reglamento que prohibía ese tipo de procedimiento.

El apelante planteó en su demanda que la actuación de los representantes de la Administración de Corrección fue violatoria de la Octava Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos que prohíbe los castigos crueles e inusitados y de su derecho a la intimidad bajo el Artículo II, sec. 10 de la Constitución del Estado Libre Asociado. Reclamó indemnización ascendente a $75,000.

El 18 de mayo de 2010, el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón emitió...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR