Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Marzo de 2011, número de resolución KLRA201100083

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100083
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2011

LEXTA20110316-010 Lebron Carrero

v. Corporación del Fondo del Seguro del Estado

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

FIDELINA LEBRÓN CARRERO
Recurrente
v.
CORPORACIÓN DEL FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO
Recurrido
KLRA201100083
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Junta de Apelaciones de Empleados Gerenciales de la C.F.S.E. CASO NÚM.: JA-03-07 SOBRE: Ajuste Salarial

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, la Jueza Fraticelli Torres, el Juez Hernández Sánchez y el Juez Ramos Torres

Ramos Torres, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 16 de marzo de 2011.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones la señora Fidelina Lebrón Carrero (señora Lebrón) y nos solicita que revisemos una resolución emitida el 30 de noviembre de 2010 por la Junta de Apelaciones de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (la Junta). Mediante dicho dictamen la Junta declaró no ha lugar la apelación sobre ajuste salarial presentada por la señora Lebrón.

Por los fundamentos expuestos a continuación, desestimamos el recurso por falta de jurisdicción.

I.

El 24 de marzo de 2003 la señora Lebrón presentó una apelación sobre ajuste salarial contra la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE). En la misma alegó que a partir de 4 de septiembre de 2000 comenzó a trabajar en un puesto transitorio como Coordinadora de Servicios Médicos en la CFSE. El día 7 del mismo mes y año fue seleccionada para ocupar el mismo puesto pero de carrera con un sueldo ascendente a $3,300 mensuales. Posteriormente, el CFSE realizó una revisión de estructura salarial, la cual fue aprobada el 6 de marzo de 2001 retroactiva a julio de 1999, por lo que, era merecedora de un aumento salarial. Asimismo, solicitó la reclasificación de su puesto, ya que también coordinaba los servicios en el área de Especialistas en Rehabilitación. Por su parte, el 28 de abril de 2003 la CFSE presentó su contestación a la apelación negando las alegaciones esenciales de la misma.

El 22 de abril de 2010 se celebró la vista administrativa. Las partes acordaron someter el caso a base del expediente sin la necesidad de una vista en su fondo. Además, la señora Lebrón desistió con perjuicio de la reclamación de reclasificación. La Junta ordenó que las partes presentaran por separado un memorando de derecho en o antes de 23 de mayo de 2010.

El 24 de mayo de 2010 la...

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