Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Junio de 2011, número de resolución KLAN201100142
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201100142 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2011 |
JUAN HERNÁNDEZ RIVERA CAROL GARCÍA DE LA NOCEDA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA ENTRE SÍ Demandante Apelante v. FRATERNIDAD ASOCIACIÓN FRATERNAL DE AMIGOS AFDA, COMPAÑÍA ASEGURADORA A, B & C Demandado Apelado __________________________________ CARLOS SÁNCHEZ ROHENA, MARÍA ESPADA, la Sociedad Legal de Gananciales compuesta entre sí Demandante Apelante v. FRATERNIDAD ASOCIACIÓN FRATERNAL DE AMIGOS AFDA, COMPAÑÍA ASEGURADORA A, B & C Demandado Apelado __________________________________ JORGE PADILLA MARTÍNEZ, MARÍA FIGUEROA, la Sociedad Legal de Gananciales compuesta entre sí Demandante Apelante v. FRATERNIDAD ASOCIACIÓN FRATERNAL DE AMIGOS AFDA, COMPAÑÍA ASEGURADORA A, B & C Demandado Apelado | | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de |
VÍCTOR GUISE RAMOS, MARÍA CALDERÓN IRIZARRY y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta entre sí Demandante Apelante v. FRATERNIDAD ASOCIACIÓN FRATERNAL DE AMIGOS AFDA, COMPAÑÍA ASEGURADORA A, B & C Demandado Apelado __________________________________ CARMELO ROJAS GONZÁLEZ, ANDREA RIVERA ALICEA y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta entre sí Demandante Apelante v. FRATERNIDAD ASOCIACIÓN FRATERNAL DE AMIGOS AFDA, COMPAÑÍA ASEGURADORA A, B & C Demandado Apelado | Civil Núm.: KPE2009-5428 (803) Sobre: Despido injustificado, discrimen por edad, daños y perjuicios _________________ Civil Núm.: KPE2009-5429 (803) Sobre: Despido injustificado, discrimen por edad, daños y perjuicios |
Panel integrado por su presidente, el Juez Morales Rodríguez, la Juez Ortiz Flores y la Juez Surén Fuentes.
Morales Rodríguez, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 22 de junio de 2011.
Los apelantes eran empleados de la Fraternidad Asociación Fraternal de Amigos. Ésta operaba un restaurante y club social en la calle Cervantes en El Condado. Algunos de los apelantes fueron despedidos en diciembre de 2008 y otros en marzo de 2009. Al momento de ser cesanteados, suscribieron un documento titulado Acuerdo de Relevo mediante el cual exoneraban a la Fraternidad de toda responsabilidad legal que podría surgir de los despidos, incluyendo reclamaciones al amparo de la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada, conocida como la Ley de Despido Injustificado. A cambio recibieron una compensación por años de servicio que fluctuó entre $1,250 y $5,000.
Varios meses después, los apelantes presentaron demandas por despido injustificado, discrimen por razón de edad y daños y perjuicios ante el Tribunal de Primera Instancia. Alegaron, en esencia, que el Acuerdo de Relevo era nulo por ser una renuncia ilegal a los derechos que les garantizaban los estatutos laborales vigentes. Reclamaron el pago de la mesada correspondiente y varias sumas por daños emocionales y angustias mentales.
Oportunamente, la...
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