Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Junio de 2011, número de resolución KLCE201100783

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201100783
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Junio de 2011

LEXTA20110628-010 Internacional Land & Contractors, Inc. v. Liberty Cablevision of P.R., Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

INTERNATIONAL LAND & CONTRACTORS, INC. Y OTROS RECURRIDO V. LIBERTY CABLEVISION OF PUERTO RICO, INC. Y OTROS PETICIONARIA KLCE201100783 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan NÚM. K AC2011-0142 (901) SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, DAÑOS Y PERJUICIOS Y CONTRA EN DAÑO DE TERCERO

Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, Juez Vizcarrondo Irizarry y Jueza Colom García

Rivera Román, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 28 de junio de 2011.

International Land Contractors, Inc. (International) y varias personas naturales presentaron una demanda por incumplimiento de contrato, daños y perjuicios y contrato en daño a tercero el 15 de febrero de 2011. La demanda se incoó contra Liberty Cablevisión of Puerto Rico, Inc., (Liberty), Liberty Global, Inc., y otros.

Liberty presentó al Tribunal de Primera Instancia una moción de desestimación el 13 de abril de 2011. Se alegó que varios demandantes son personas naturales que son accionistas de la codemandante International, y que las causas de acción reclamadas guardan relación con "la relación contractual entre dos corporaciones...", a saber:

International y Liberty, pero no incluyen a las personas naturales que parecen identificados en la demanda como demandantes. Además, Liberty solicitó mediante moción aplazar la contestación a la demanda hasta después que se resolviera la moción de desestimación.

Los demandantes presentaron su oposición a la moción de desestimación el 6 de mayo de 2011, y alegaron que por la naturaleza de las causas de acción reclamadas (daños y perjuicios, incumplimiento de contrato y daños a terceros) no procedía la disposición solicitada. En la oposición se identificaron los hechos particulares que se relacionan con daños y gastos que se alega que sufrieron las personas naturales.

El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción de desestimación mediante resolución de 16 de mayo de 2011 y ordenó a Liberty contestar la demanda "en los próximos 15 días". Liberty solicitó reconsideración, la cual fue denegada.

Inconforme con la decisión, Liberty

recurrió al Tribunal de Apelaciones con una petición de certiorari

y además, solicitó que se expidiera un auxilio de jurisdicción y se le liberara de la orden que...

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