Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Agosto de 2011, número de resolución KLCE201101056

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201101056
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución16 de Agosto de 2011

LEXTA20110816-011 Negrón Machargo v. Burgos Laluz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE ARECIBO, GUAYAMA Y UTUADO

PANEL XI

ROSA NEGRÓN MACHARGO
PETICIONARIA
V
HIRAM BURGOS LALUZ
RECURRIDO
KLCE201101056
CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Arecibo CiviL NÚM: C DI2009-0875 SOBRE: RELACIONES PATERNO FILIALES

Panel integrado por su presidente el Juez Cabán García, la Jueza Medina Monteserín, la Jueza Cintrón Cintrón, y el Juez Saavedra

Serrano. El Juez Saavedra Serrano no interviene.

Medina Monteserín, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 16 de agosto de 2011.

Atendida la “Solicitud de Paralización de Relaciones Paterno Filiales en Auxilio en Jurisdicción”, presentada por la parte peticionaria Sra. Rosa Negrón Machargo, determinamos que carecemos de jurisdicción para atender tanto la moción como el recurso de certiorari hasta que sea debidamente notificada la Resolución del Tribunal de Primera Instancia. Nótese que de la Minuta de la Vista celebrada el 5 de agosto de 2011 surge expresamente, que concluida dicha vista el expediente del caso se refirió al despacho del Juez Jaime R. Banuchi Hernández “para la correspondiente resolución”. (Apéndice pág. 41)

Tampoco consta en la Minuta la firma del Juez aprobando la misma, ni que dicha Minuta haya sido notificada a todas las partes a fin de que el término para recurrir en revisión judicial sea activado.

Entendemos sin embargo, que hasta tanto el dictamen del foro primario sea debidamente notificado ya sea por vía de una Minuta firmada o de una Resolución, y en virtud de ello se active y se agote el término para acudir en revisión judicial, dicho dictamen no es ejecutable.

En Sánchez et. als. v. Hosp. Dr. Pilá, 158 D.P.R. 255, 262 (2002), el Tribunal Supremo resolvió que la notificación verbal en corte abierta de una determinación interlocutoria del Tribunal de Primera Instancia en un caso civil no...

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