Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Agosto de 2011, número de resolución KLAN201100925

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201100925
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Agosto de 2011

LEXTA20110829-13 Pesquera Fuentes v. Colón Molina

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN, AIBONITO Y HUMACAO

PANEL V

Yailin Pesquera Fuentes
Apelada
V
Miguel Ángel Colón Molina
Apelante
KLAN201100925
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayamón Caso Núm.: DAL2002-1484 Sobre: Alimentos

Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, el Juez Cordero Vázquez y el Juez Saavedra Serrano.

Cortés Trigo, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de agosto de 2011.

Se recurre de una resolución dictada el 29 de marzo de 2011 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI), la cual fue notificada el siguiente 8 de abril. Mediante la misma se dispuso que el apelante, Miguel Ángel Colón Molina, pagaría una pensión alimentaria de $3,379.00 mensuales a favor de su hija menor de edad, Gabriela Colón Pesquera (Gabriela). Confirmamos.

La cuestión planteada en el recurso de epígrafe es de estricto derecho. A tenor de la Regla 7 (B) (5) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 L.P.R.A. Ap. XXII-B, R. 7 (B)

(5) (Supl. 2011), prescindimos de procedimientos ulteriores para disponer del recurso.

I.

Según surge del expediente, el apelante tiene 4 hijos menores de edad. En su primer matrimonio procreó a Miguel Ángel Colón Vázquez, de 16 años de edad, y, una vez se divorció, se estableció una pensión alimentaria de $900.00 mensuales, más el pago del plan médico. En segundas nupcias con Idalia Flores Vergara (Flores) procreó a John Michael y Christopher Colón Flores, de 14 y 12 años de edad, respectivamente, para los cuales provee una pensión de $4,000.00 mensuales y el plan médico. El apelante se divorció de Flores el 2 de septiembre de 2005.

Mientras se encontraba casado con Flores, para el 2002 el apelante y la apelada, Yailin

Pesquera Fuentes, procrearon a Gabriela. El 12 de agosto de 2002, la apelada presentó una demanda en la que solicitó, entre otras cosas, que se fijara al apelante el pago de una pensión alimentaria para beneficio de Gabriela y, el 17 de septiembre de 2002, el TPI le fijó una pensión provisional de $400.00 mensuales.

El 21 de marzo de 2003, la pensión fue aumentada a $700.00 mensuales, conforme la estipulación que le presentaron las partes al TPI. El 16 de marzo de 2005, el TPI celebró una vista sobre alimentos en la que las partes acordaron aumentar la pensión alimentaria para la menor a $1,200.00 mensuales.

En septiembre de 2006, la apelada presentó una moción de revisión de...

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