Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2011, número de resolución KLRA201100225

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100225
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2011

LEXTA20110831-118 Morales Colón v. AAA de P.R.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

OBED MORALES COLÓN RECURRENTE
v.
AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS
RECURRIDO
KLRA201100225
REVISIÓN ADMINISTRATIVA CASO NÚM: OA-09-154 SOBRE: RECLAMACIÓN DE SALARIOS

Panel integrado por su presidente, el Juez Cortés Trigo, la Jueza Colom

García y el Juez Vizcarrondo Irizarry

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2011.

Comparece ante nos el Lcdo. Obed Morales Colón, solicita la revisión y revocación de una Resolución del Juez Administrativo de la Oficina de Apelaciones de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA). Mediante dicha determinación se desestimó su apelación.

Por las razones que se esbozan a continuación se confirma el dictamen emitido.

Conforme surge del recurso ante nuestra consideración, el recurrente laboraba en el Departamento de la Familia, ocupando un puesto de carrera como abogado III. El 8 de abril de 2005 fue designado por el Presidente Ejecutivo de la A.A.A. al puesto de Asesor Legal Laboral de la A.A.A., dicho puesto pertenece al Servicio de Confianza. En dicha comunicación se le expresó, conforme al Reglamento de Personal para Empleados Gerenciales de Carrera de la A.A.A., que un empleado con status regular en el Servicio de Carrera que pasa al Servicio de Confianza en la A.A.A. mantiene su derecho a reinstalación a un puesto similar al último que ocupó en el Servicio de Carrera. El 15 de abril de 2005 el Lcdo. Morales Colón aceptó la posición de Asesor Legal Laboral, las condiciones del puesto y comenzó a trabajar en la A.A.A. con un sueldo de $72,000 y un bono de productividad. Por ser nombrado a un puesto de confianza no tuvo que cumplir con los requisitos que el principio de mérito exige.

El 8 de noviembre de 2007 el Presidente Ejecutivo de la A.A.A. implantó el Plan de Clasificación y Retribución para los empleados del servicio de carrera gerencial de la A.A.A. Para ese Estudio, Desarrollo e Implantación se realizaron entrevistas de campo, análisis de la información de los puestos, análisis de la estructura organizativa

de los diferentes Directorados tanto a nivel Central como Regional, se determinaron las jerarquías de las clases y su asignación a nuevas estructuras retributivas.1

El 21 de noviembre de 2007 la Sra. Belkin Nieves González, Directora de Recursos Humanos y Relaciones Laborales le manifestó a Morales Colón de la implantación del Plan de Clasificación y Retribución y que como resultado de ello el puesto que él ocupaba no había sufrido ajuste salarial alguno.2

Así las cosas, el 12 de noviembre de 2009 el Director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de la A.A.A. le notificó a Morales Colón que estaría siendo reinstalado del puesto de confianza como Director Auxiliar con un sueldo de $6,000.00 mensuales al puesto de carrera Núm. 1504-0010 como Asesor Legal con un sueldo de $5,580.00 mensuales.

La determinación del puesto como uno similar se realizó luego de un estudio de equivalencia a los efectos de reinstalarlo al servicio de carrera. Es decir se realizó un análisis comparativo del puesto de Abogado III en el Departamento de la Familia que es el último puesto de carrera que ocupaba antes de entrar al puesto de confianza con un puesto de carrera similar en la AAA, el cual resultó ser el puesto de Asesor Legal. Ambos puestos son de carrera y existe equivalencia entre las clases.

Inconforme con la reinstalación el Lcdo. Morales Colón apeló esa determinación el 17 de noviembre de 2009 ante la Oficina de Apelaciones de la A.A.A. Trabada la controversia y luego de celebrarse la vista el 13 de diciembre de 2010 la A.A.A. dictó Resolución que notificó el día después.

El Juez Administrativo consignó los hechos probados de los que los más relevantes son los siguientes:

  1. En julio de 2003 el Director de la Oficina de Recursos Humanos del Departamento de La Familia le cursó una notificación al aquí Apelante informándole que a partir del 1 de julio de 2003 fue clasificado por evolución del puesto a Abogado III con un sueldo mensual de $2,314.00 y un diferencial de $1,140.00. Exhibits

    3-Apelante.

  2. En enero de 2005, mientras ocupaba el puesto de abogado III en el Departamento de la Familia, recibió un nombramiento de Gerente de Relaciones Laborales en dicha agencia con un sueldo de $5,162.00 en el servicio de confianza. Exhibit 5-Apelante.

  3. Según comunicación fechada el 8 de abril de 2005el Presidente Ejecutivo de la AAA designó al Apelante el puesto de Asesor Legal laboral en la AAA en el Servicio de Confianza, efectivo el 15 de abril de 2005 con un sueldo de $72,000.00, y un bono de productividad. El bono de Navidad y el bono de productividad podrían alcanzar hasta un 15% de su salario. Se le indicó además que conforme al Reglamento de Personal de la AAA y la Resolución de la Junta de Directores número 1951, si era un empleado de carrera con status regular en el servicio de carrera y pasaba al servicio de confianza en la corporación, mantendría su derecho a reinstalación a un puesto igual o similar al último que ocupó en el servicio de carrera.

    Exhibit-7 Apelante.

  4. El objetivo de la clase y las responsabilidades del puesto de Asesor Legal que el Apelante desempeño desde que fue nombrado y hasta que fue designado al puesto de Asesor Legal Auxiliar Laboral, aparecen relacionados y enumerados en el Exhibit 17-Apelante a las cuales nos remitimos por ser extensas.

  5. En la comunicación fechada el 12 de noviembre de 2009, el entonces Director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, señor José Nieves Maldonado le informó al Apelante que conforme a un estudio realizado sobre equivalencia de puesto, se determinó reinstalarlo al servicio de carrera a un puesto de Asesor Técnico con un sueldo de $5,558.00 mensuales. Se le informó además que dicho sueldo era el producto de $430.80 otorgado mediante la Resolución Número 2265 efectivo al 1 de julio de 2006, $250.00 otorgado en la implementación

    del Plan de Clasificación del 8 de noviembre de 2007 y al incremento de salario de $600.00 recomendado por la Lcda. Belkin Nieves González en la comunicación del 15 de octubre de 2009 y que la transacción sería efectiva el 5 de noviembre de 2009. Véase los Exhibits 13 y 12 de ambas partes y 14 Apelante.

  6. Para llevar a cabo la reinstalación del Apelante al puesto de Asesor Técnico, el Directorado de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de la AAA, realizó un estudio comparativo de las funciones que el realizaba como Abogado III en el Departamento de la Familia con los objetivos de la clase y las funciones de Asesor Legal en la AAA y concluyó que ambos puestos tienen un “[g]ran nivel de complejidad y responsabilidad, ambos manejan aspectos legales y de asesoramiento. Es un trabajo especializado que conlleva interpretación de leyes y reglamentos y la aplicación de los mismos. Se evidencia que ambos deben representar a la Agencia ante distintos foros judiciales, administrativos y otros. En ambas clases la naturaleza del trabajo es profesional, especializada y de amplia complejidad”. Véase el Exhibit 11 Apelada.

  7. Inconforme con la determinación de reubicarlo al puesto de Asesor Técnico, según se indica en los Exhibits

    13 y 14 del Apelante, éste presentó el escrito de Apelación objeto del presente caso en el que alega que el puesto que ocupó en el servicio de confianza de la AAA como Asesor Legal Laboral nunca cumplió con los criterios establecidos en la reglamentación para ser clasificado como tal, sino que el puesto era uno de carrera.

  8. Las reclamaciones monetarias del Apelante se desglosan como sigue:

    1. Bonificación según la circular del 25 de agosto de 2006. Exhibit 10-Apelante y la sección 15.2 (3) del Reglamento de Recursos Humanos, calculada como sigue:

      · 3 (años) + 365 (días)= 1095 días

      · $2,000.00 (bonificación máxima) ÷ 1095= $1.82 por día.

      · 365 (1 año) + 75 días o sea el tiempo trabajo= 440 días

      · 440 (días) + 1.82= $801.00 suma que le adeuda en concepto de bono.

    2. Aumento salarial de 10% según la referida circular, calculado como sigue:

      · 10% de $6,000.00 (sueldo mensual)= $6,000.00

      · 49 (meses) x 6000= $29,400.00

    3. Aumento según el Plan de Reclasificación del 8 de noviembre de 2009 que son:

      · 34 (meses) a partir del 8 de noviembre de 2007 al 8 de septiembre de 2010

      · 34 (meses) + $250.00= $8,500.00

    4. Diferencia entre el sueldo devengado de

      $6,000.00 (mensuales) y el sueldo de $5,588.80 (mensuales) que devengaría al ser trasladado al servicio de carrera:

      · $6,000.00-$5,588.80=

      $411.20

      · $411.20+

      10 (meses)= $4,112.00

      El gran total reclamado por el apelante asciende a $42,813.00.

  9. El Apelante trabajó en AAA como empleado de confianza desde el 15 de abril de 2005 y hasta el 4 de noviembre de 2009. Como empleado de confianza tiene derecho a recibir el bono de Navidad y de productividad. A continuación se desglosa los pagos realizados bajo dichos conceptos:

    BONO
    NAVIDAD
    FECHA
    BONO PRODUCTIVIDAD
    FECHA
    $2,850.00
    11/30/2005
    $3,446.32
    12/30/2005
    $2,850.00
    11/17/2006
    $5,899.60
    01/04/2007
    $2,850.00
    11/30/2007
    $6,36
    ...

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