Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Septiembre de 2011, número de resolución KLRA201100541

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201100541
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2011

LEXTA20110929-11 Comisión de Servicio Público v. AAA de P.R.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

COMISIÓN DE SERVICIO PÚBLICO RECURRIDO V. AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS DE PUERTO RICO RECURRENTE KLRA201100541 REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Comisión de Servicio Público NÚM. BOLETO 000386 SOBRE: RECURSO DE REVISIÓN POR EXPEDICIÓN DE BOLETO

Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, Juez Vizcarrondo Irizarry y Jueza Colom García

Rivera Román, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 29 de septiembre de 2011.

La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (A.A.A.) solicitó la revisión judicial de una resolución y orden emitida por la Comisión de Servicio Público. En virtud de este dictamen, se denegó la celebración de una vista administrativa solicitada por la A.A.A. para revisar la imposición de una multa.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se revoca la determinación recurrida y se devuelve el caso a la Comisión para que celebre la vista administrativa.

I.

Un inspector de la Comisión del Servicio Público

(Comisión), expidió un boleto de infracción (núm. 000386) contra la A.A.A. el 15 de octubre de 2010 por realizar una excavación en la carretera 129, frente al Centro de Terapia Física, sin notificar al Centro de Coordinación de Excavaciones de la Comisión. De esta forma, le impuso tres mil dólares ($3,000) de multa a la A.A.A. El 22 de octubre de 2010, la División de Inspectoría de la Oficina Regional de Arecibo de la Comisión notificó por correo regular el boleto al señor José Chaparro quien, representa a la A.A.A. y se encarga de recibir las notificaciones de boletos que expide la Comisión a través de Puerto Rico.

Así las cosas, el 2 de noviembre de 2010, la A.A.A.

presentó ante la Comisión una solicitud para la revisión del boleto y la celebración de una vista administrativa. Mediante resolución y orden emitida el 21 de enero de 2011, la Comisión denegó la solicitud de vista administrativa.

La Comisión fundamentó su determinación en que la revisión del boleto se radicó tardíamente, es decir, fuera del término de 15 días dispuesto para ello.

La A.A.A. presentó una moción tituladaMemorando de Derecho Solicitando Reconsideración y Solicitando Vista Administrativa. En síntesis, planteó que la Comisión incurrió en dos errores. Como primer señalamiento de error, sostuvo que la Comisión incidió al denegar...

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