Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Diciembre de 2011, número de resolución KLAN201101463

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201101463
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2011

LEXTA20111220-03 Del Valle Group v. ELA de P.R.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIóN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL VI

DEL VALLE GROUP, S.E.
Demandante - Apelada
v.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, EN REP. DE LA ADMINISTRACIÓN DE VIVIENDA PÚBLICA
Demandado - Apelante
KLAN201101463 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil núm.: K AC2010-0126 (503) Sobre: Solicitud de Arbitraje

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, la Jueza Varona Méndez y la Juez Gómez Córdova

Varona Méndez, Jueza

Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 20 de diciembre de 2011.

Se nos solicita que revisemos una sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, el 10 de agosto de 2011, notificada a las partes el 16 de agosto siguiente, que declaró Ha Lugar la moción de sentencia sumaria presentada por Del Valle Group, S.E. (Del Valle) y, por consiguiente, desestimó sin perjuicio la demanda presentada por estos y refirió la controversia al procedimiento de arbitraje.

Por los fundamentos que se discuten a continuación, se confirma la sentencia apelada.

I.

Del Valle1 inició un procedimiento sumario para solicitar el mecanismo de arbitraje, con el fin de resolver un reclamo de compensación por gastos de operación extendida y el aumento de salario mínimo federal2, contra el Departamento de la Vivienda del Estado Libre Asociado, en representación de la Administración de Vivienda Pública. En la demanda, Del Valle solicitó que se llevara a cabo el procedimiento de arbitraje conforme al contrato de obras suscrito entre la Administración de Vivienda Pública y Del Valle3.

El contrato objeto del reclamo de Del Valle consistía en realizar trabajos de restauración y rehabilitación de 88 unidades de vivienda y varias instalaciones para uso de los residentes en el proyecto de Remodelación del Residencial Las Violetas en el municipio de Vega Alta. Surge del contrato que este debía realizarse en un periodo de 730 días calendario desde la fecha de la orden para proceder, es decir, desde el 1 de febrero de 2006 hasta el 31 de enero de 2008, por el precio alzado de $9,203,600.00.

No obstante, durante la realización del proyecto se emitieron ocho órdenes de cambio, incrementando el costo del proyecto a $9,249,681.52 ya que se trabajarían 150 días más de lo acordado.

Por su parte, en la cláusula 31 “Disputes” del documento que evidencia el mencionado contrato, consta el acuerdo de las partes de someter a arbitraje, entre otras alternativas, cualquier disputa que surgiera con relación a la ejecución del mismo. Textualmente, en dicha cláusula se dispuso que:

31.

Disputes

(a)…

(b)

Except for disputes arising under the

clauses entitled Labor Standards and Labor Standards- Nonroutine Maintenance, herein, all disputes arising under or relating

to this contract, including any claims for damages

for the alleged

breach thereof which are not disposed

of by agreement, shall be resolved under this clause. (c)

All claims by the Contractor

shall be made in writing and submitted

to the Contracting

Officer for the written decision.

A claim by the PHA against the Contractor shall be subject to a written

decision by the Contracting Officer. (d)…

(e)

The Contracting Officer´s decision shall be final unless the Contractor (1) appeals in writing to a higher level

in the PHA in accordance with the PHA´S policy and procedures, (2) refers the appeal to

an independent mediator or arbitrator, or (3) files suit in a court of competent jurisdiction.

Such appeal must be made within

(30 unless otherwise indicated) days after receipt of

the Contracting Officer´s decision.

Existe otro documento titulado “Construction

Contract Modernization Works on Las Violetas Public Housing Development” suscrito entre la Administración y Del Valle, que en su inciso XXV establece lo siguiente:

Dispute Resolution

In case of any dispute arising from this

Agreement exists alter exhausting all of the

administrative procedures established in HUD Form 5320, the Contractor hereby agrees to

request formal Arbitration within thirty (30) calendar days from

the date of the final written decision of the

PRPHA.

A.

Arbitration: In case a demand

for arbitration is filed as contemplated

above, the...

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