Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2012, número de resolución KLCE20110

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE20110
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Enero de 2012

LEXTA20120131-234 Pueblo de PR v.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
EN INTERÉS DEL MENOR
J.O.
KLCE201101585
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, Asuntos de Menores Caso Núm.: J 11-373-374 Sobre: Vista Adjudicativa Art. 193 C.P. Art. 204 C.P.

Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Piñero González y la Juez Surén Fuentes

Surén Fuentes, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2012.

Comparece el menor J.O. (peticionario), representado por la Corporación de Servicios Legales de Puerto Rico y nos solicita que revoquemos la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI) el 25 de octubre de 2011. Mediante dicha Resolución, el TPI denegó una Moción de Desestimación presentada por la defensa del peticionario.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se expide el auto de certiorari y se revoca la Resolución recurrida.

I.

El 23 de agosto de 2011, el Ministerio Público presentó una queja contra el peticionario por Apropiación Ilegal agravada según tipificada en el Art. 193 del Código Penal de Puerto Rico, 33 L.P.R.A. sec. 4821, por hechos que se alega ocurrieron el 20 de agosto de 2011. El Ministerio Público en la referida queja imputó al peticionario haber actuado en concierto y común acuerdo con un adulto para apropiarse sin violencia ni intimidación de una variedad de mercancía propiedad de la tienda Kmart cuyo valor ascendía a $672.23.

Luego de varios trámites procesales, el 19 de septiembre de 2011, las partes comparecieron al TPI para la celebración de vista de causa probable para la radicación de querella. En esa misma fecha, el Ministerio Público presentó otra queja en la cual imputó al peticionario por los mismos hechos, la comisión de la falta de escalamiento agravado, según tipificado en el Art. 204 del Código Penal, 33 L.P.R.A. sec. 4832. El Ministerio Público indicó en la queja que el peticionario de manera “ilegal, voluntaria, maliciosa y criminalmente; penetró a un edificio ocupado, tienda Kmart, representado por el Sr. Luis Romero Calderón, para cometer la falta de apropiación ilegal como en efecto se cometió.” Según se estableció en la queja, los imputados “penetraron en la tienda, sacaron varias bolsas plásticas que estaban dobladas en la cartera para ocultar mercancía y salir de la tienda sin pagarla.”

Luego de celebrada la vista, el TPI determinó causa para presentar querellas por las faltas de apropiación ilegal agravada y escalamiento agravado tipificados en los Arts. 193 y 204 del Código Penal, supra.

El 4 de octubre de 2011, la representación legal del peticionario presentó una Moción de Desestimación. En la referida moción, la defensa solicitó la desestimación de la querella que imputa la falta de escalamiento agravado por entender que existe ausencia total de evidencia sobre el elemento de penetración ilegal el cual según señalaron, es esencial para la configuración del delito.

El Ministerio Público presentó Moción en Oposición a Solicitud de Desestimación donde señalaron que de las actuaciones imputadas al peticionario se desprende la penetración ilegal al establecimiento comercial con la intención de cometer el delito o falta de apropiación ilegal.

El 25 de octubre de 2011, el TPI emitió Resolución mediante la cual denegó la Moción de Desestimación presentada por el peticionario. En dicha Resolución el TPI concluyó que el delito de escalamiento tipificado en el Código Penal no exige que la penetración se haga por medio de fuerza o en contra de la voluntad del ocupante de la propiedad y que tampoco requiere que la entrada al lugar sea ilegal. Según señaló el TPI, los elementos del delito de escalamiento agravado están presentes “al menor penetrar en la tienda con la intención de apropiarse ilegalmente de la mercancía.”

Inconforme, el...

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