Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Junio de 2012, número de resolución KLAN201200192
| Emisor | Tribunal Apelativo |
| Número de resolución | KLAN201200192 |
| Tipo de recurso | Apelación |
| Fecha de Resolución | 19 de Junio de 2012 |
| PRO VIVIENDAS I, INC. H/N/C LAS AMÉRICAS APARTMENT I; PRO VIVIENDAS II, INC. H/N/C LAS AMÉRICAS APARTMENTS II | | APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm.: K2AC2007-0756 (505) |
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Piñero González y la Juez Surén Fuentes.
Piñero González, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 19 de junio de 2012.
Comparece la Asociación de Residentes de la Urbanización Las Américas, Inc. (Asociación o apelantes) y nos solicita que revoquemos la Sentencia emitida el 5 de diciembre de 2011 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI). En dicha Sentencia el TPI declaró con lugar una demanda presentada por Pro Viviendas I, Inc. y otros (Pro Viviendas o apelados) contra la Asociación y el Municipio de San Juan (el Municipio) y como consecuencia revocó la Resolución Núm. 84 emitida por el Municipio el 28 de febrero de 2006 (Resolución 84) mediante la cual se aprobó una petición de control de acceso para la Urbanización Las Américas.
Por los fundamentos que expondremos a continuación resolvemos confirmar la Sentencia apelada.
El 24 de octubre de 2007, Pro Viviendas presentó ante el TPI una Solicitud de Revisión de la Resolución 84. Según señalaron los apelados en dicho recurso, el Municipio, luego de celebrar vista pública sobre la viabilidad de una petición de control de acceso a la Urbanización Las Américas, aprobó la misma mediante la Resolución 84. Indicó Pro Viviendas en dicho recurso que la referida Resolución 84 no cumple con los requisitos impuestos por la Ley Núm. 21 de 20 de mayo de 1987, Ley de Control de Acceso Vehicular, 23 L.P.R.A.
sec. 64 et. seq. (Ley 21) ni con el Reglamento de Planificación Núm. 20 de 20 de enero de 1989, Reglamento de Control de Tránsito y Uso Público de Calles Locales (Reglamento 20) porque las vías públicas propuestas a ser cerradas se utilizan como entrada y salida principal por los residentes de las comunidades Las Américas I y II quienes se oponen al cierre de las calles y según señalaron no han sido tomados en consideración. Indicaron los apelados que el cierre aprobado mediante la Resolución 84 entorpece, impide, y obstaculiza el flujo vehicular y peatonal por las vías y aceras públicas de los residentes de las referidas urbanizaciones. Señalaron además que el Municipio y la Asociación no cumplieron con la Ley 21 por no notificar mediante correo a los residentes y propietarios de las urbanizaciones Las Américas I y II sobre las gestiones realizadas en el proceso de cierre de las calles.
Luego de una serie de incidentes procesales, el TPI emitió Sentencia mediante la cual declaró con lugar la demanda presentada por Pro Viviendas y sostuvo la determinación de dejar sin efecto el control de acceso de la Urbanización Las Américas autorizado mediante la Resolución 84. El TPI explicó que concuerda con lo resuelto en la Sentencia emitida el 29 de abril del 2011 por este Tribunal en el caso José A. Simonet Clavell y otros v. Municipio de San Juan, KLAN 201001423 donde se atendieron controversias que igualmente fueron planteadas en el presente caso. En dicha Sentencia, el Tribunal de Apelaciones confirmó al Tribunal de Primera Instancia el cual había revocado la Resolución 84.
Aunque hizo alusión al citado caso, el TPI realizó sus propias determinaciones respecto al presente caso. En particular, el foro apelado entendió que aunque la Ley 21 y el Reglamento 20 establecen los requisitos a seguir para solicitar los endosos ante las agencias correspondientes, no señalan la forma en que se garantizará la participación de los opositores al cierre. No obstante, concluyó dicho foro que a los opositores se les debió notificar los endosos que se emitieron luego de la vista del 13 de septiembre de 2002. Según el TPI, la omisión de dicha notificación violó el debido proceso de ley que le asiste a los apelados. De igual manera, basado en las expresiones de los opositores en la vista pública así como en la recomendación de la Autoridad de Carreteras (ACT) de denegar el endoso del proyecto, el TPI entendió que existen en la Urbanización vías que funcionan como conectores importantes en el área metropolitana. Por tal razón, concluyó que el cierre puede tener un impacto negativo en el flujo vehicular de los Condominios y otras comunidades cercanas.
Inconforme, la Asociación acude ante nos y señala que el TPI cometió los siguientes errores:
Erró el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, al no paralizar los procedimientos, según le fue solicitado por el Municipio de San Juan y la Asociación de Residentes de la Urbanización Las Américas, dado el hecho que se le informó que un caso sobre los mismos hechos estaba pendiente ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico y, por tanto, debió esperarse por una determinación final de dicho foro. El Tribunal de Primera Instancia al revocar la autorización del Municipio de San Juan de control de acceso, lo hizo precisamente utilizando como fundamento la determinación del Tribunal de Apelaciones en el otro caso con hechos similares y una determinación no final del Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Erró el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, al concluir que se violó el debido proceso de ley al no darse conocimiento y participación de los oponentes en el proceso de conseguir los permisos de las agencias.
Erró el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, al resolver que una porción del sistema de control de acceso tiene el efecto de obstaculizar el flujo vehicular y peatonal por las vías que tienen continuidad entre la Urbanización Las Américas y la Urbanización adyacente de Reparto Metropolitano, afectando indebidamente derechos de tercero en contravención con la ley.
La Ley Núm. 21 establece un procedimiento mediante el cual las personas que residen en urbanizaciones, comunidades o calles, cuyas vías publicas no fueran utilizadas como acceso de entrada o salida a otras comunidades, puedan establecer un sistema de control de acceso a las calles que se encuentran dentro de su área residencial. 23 L.P.R.A.
sec. 64; Asociación de Residentes Urb. Sagrado Corazón v. Arsuaga Álvarez, 160 D.P.R.289 (2003). La referida Ley se aprobó como un mecanismo adicional para combatir la criminalidad, promover la participación activa de la ciudadanía en la lucha contra el crimen y mejorar la seguridad y tranquilidad de las comunidades. Id.
Mediante la Ley Núm. 156 de 10 de agosto de 1988, 23 L.P.R.A. sec. 64 et. seq. se traspasó a los municipios, con el asesoramiento de la Junta de Planificación, la facultad que originalmente había sido concedida a ésta para autorizar los controles de acceso y estableció un procedimiento para la expedición de los permisos. Asoc. Vec. Altamesa Este v. Municipio de San Juan, 140 D.P.R. 24 (1996).
Posteriormente, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico aprobó la Ley Núm. 22 de 16 de julio de 1992, la cual dispuso la manera específica de los municipios tramitar las solicitudes para establecer un sistema de control de acceso, la forma emitir un dictamen autorizándolo y sobre la obligación de pago de las cuotas para cubrir los costos y gastos de instalación, operación y mantenimiento de dichos sistemas. Asoc. Vec. Altamesa Este v. Municipio de San Juan, supra.
Sobre el proceso para solicitar la autorización para el control de acceso, la sec. 1 de la Ley Núm. 21, 23 L.P.R.A. secs. 64, dispone en lo pertinente que:
Los municipios podrán conceder permisos para el control del tráfico de vehículos de motor y del uso público de las vías públicas en paseos peatonales, calles, urbanizaciones y comunidades residenciales, públicas o privadas, con un solo acceso de entrada y salida o que...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.