Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Junio de 2012, número de resolución KLCE201101644

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201101644
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución29 de Junio de 2012

LEXTA20120629-058 Medina Bauza V. Torres Irizarry

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE UTUADO

PANEL XI

JANETTE MEDINA BAUZÁ Recurrida
v.
RICARDO TORRES IRIZARRY Y OTROS
Peticionarios
KLCE201101644 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Utuado Caso Núm. L AC2009-0008 Sobre: Liquidación de Bienes Gananciales

Panel integrado por su presidente el Juez Cabán García y las Juezas Cintrón Cintrón y Medina Monteserín.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de junio de 2012.

I.

El 18 de octubre de 2010, la Sra. Janette Medina Bauzá (Recurrida) presentó demanda contra el Sr. Ricardo Torres Irizarry para la división y liquidación de bienes gananciales. Se incluyó como codemandados a Constructora Richie, Inc., al señor Ismael Torres González, su esposa, Carmen Irizarry Colón y la sociedad legal de gananciales compuesta por éstos, como accionistas de la corporación codemandada, de la cual el Sr. Ricardo Torres también era accionista. Tanto el Sr. Ricardo Torres Irizarry como la Constructora Richie, Inc. presentaron su contestación a la demanda, negando, en esencia, las alegaciones y presentando sus defensas afirmativas.

Así las cosas, el 4 de enero de 2012 la Constructora Richie, Inc. presentó una Moción de Desestimación al amparo de la Regla 10.2 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. V, R. 10.2 (Regla 10.2)1, aduciendo que no se justificaba la concesión de un remedio toda vez que ni la Constructora Richie, la cual es una corporación distinta y separada de sus accionistas, ni los esposos Torres-Irizarry tenían relación alguna con la comunidad de bienes existente entre la Peticionaria y el Recurrido. Añadieron, que no era prudente hacer parte a una corporación ni a sus accionistas en un pleito de división de bienes gananciales con el único fin de conseguir información sobre su participación en el capital corporativo.

De la misma forma, los señores Ismael Torres González, Carmen Irizarry Colón y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos también presentaron una Moción de Desestimación al amparo de la Regla 10.2 de Procedimiento Civil de Puerto Rico, bajo el fundamento de que la demanda no aduce una causa de acción que justifique la concesión de un remedio. Para ello, incorporaron a su petición los mismos planteamientos sostenidos por Constructora Richie en su solicitud.

La Recurrida se opuso a la desestimación de la demanda alegando que presentó reclamaciones contra la Constructora Richie, Inc., así como contra los demás codemandados. Adujo que mediante dichas alegaciones impugnó la legalidad de la transacción mediante la cual se emitieron 90% de las acciones, que alegadamente fueran compradas por el Sr. Ismael Torres González, privando a la Peticionaria y a su excónyuge del control mayoritario de la corporación.

Luego de que las partes presentaran su posición, el 10 de agosto de 2011, archivada en autos y notificada a las partes al día siguiente, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Utuado (TPI), declaró No Ha Lugar la desestimación solicitada.

Inconforme con lo anterior, el 26 de agosto de 2011 tanto Constructora Richie como Ismael Torres González y Carmen Irizarry Colón (Peticionarios) solicitaron reconsideración. Asimismo, solicitaron determinaciones de hechos y de derecho aduciendo que, a tenor con la Regla 10.3 de Procedimiento Civil, la moción de desestimación presentada debía considerarse como una...

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