Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Julio de 2012, número de resolución KLAN201200589

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201200589
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Julio de 2012

LEXTA20120731-006 Mercado Berrios v. Junta de Residentes de la Urb. Rincón Español

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PNCE

PANEL VIII

MYRIAM MERCADO BERRÍOS, ET ALS
Apelantes
v.
JUNTA DE RESIDENTES DE LA URB. RINCÓN ESPAÑOL, ET ALS.
Apelados
KLAN201200589
APELACIÓN Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Caso Núm.: FPE2008-0204 SOBRE: Injunction (Provisional y permanente)

Panel integrado por su presidente, el juez Escribano Medina, el Juez Bermúdez Torres y la Juez Ortiz Flores.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de julio de 2012.

I.

Para agosto del 1992, residentes de la Urbanización Rincón Español, sita en Trujillo Alto, iniciaron a través del Municipio gestiones para solicitar controlar el acceso a su Urbanización. El 26 de octubre de 1992 inscribieron en el Departamento de Estado la Asociación de Residentes de Rincón Español, Inc. (ARREI), con el propósito de presentar formalmente su solicitud de Control de Acceso. Cumplidos todos los requerimientos --endosos, firmas de diferentes propietarios, etc.--, en cumplimiento con la Ley de Control de Acceso, Núm. 21 de 20 de mayo de 1987, según enmendada, el Municipio de Trujillo Alto aprobó el cierre de la Urbanización, mediante Resolución Núm. 63 de 18 de marzo de 1994.

Posteriormente, entre los años 1997 y 1998, el primer Presidente de ARREI, Sr. Yamil Montalvo se mudó de la Urbanización sin remitir informe a la Directiva de dicha Asociación. Tampoco rindió los informes anuales al Departamento de Estado de Puerto Rico, correspondiente a los años 1993 hasta el 1996, aproximadamente. Entre los años 1998 al 2001 las gestiones para la implementación del Control de Acceso se tornaron lentas o poco activas por parte de la Junta de Directores de la ARREI.

Para septiembre de 2001, el Departamento de Estado remitió carta de intención de cancelación del Certificado de Corporación de la ARREI, por alegadamente haber incumplido con su responsabilidad de rendir los informes anuales correspondientes a los años 1993 hasta el 2001.

Así las cosas, en junio de 2001 resurgió el interés de los residentes en continuar con las gestiones dirigidas a la conclusión al Control de Acceso. El 5 de junio de 2001, se llevó a cabo Asamblea en la que el ex-Presidente de la Asociación, Yamil Montalvo, informó el estatus del Control de Acceso al momento de mudarse de la Urbanización. En la Asamblea se eligió una nueva Junta Directiva de la ARREI y al Sr. Rolando Del Valle, como su Presidente.

Como parte de las gestiones encaminada a concluir la implementación del Control de Acceso, la nueva Junta fue orientada por el Municipio de Trujillo Alto a los efectos de que la continuación del Proyecto de Control de Acceso tenía que realizarse a través de un ente Corporativo. En atención a ello, y a que no tenían fondos suficientes para pagar los estados o informes anuales pendientes de realizarse, correspondientes a los años 1993 al 2001, la Junta de ARREI decidió crear una nueva Corporación llamada Junta de Residentes de Rincón Español Trujillo Alto, Inc. (JRRETA). Incorporada la JRRETA, el 15 de enero de 20021 se convocó a toda la comunidad de la Urbanización a una Asamblea extraordinaria a celebrarse el 4 de abril de 2004. Allí se le explicó a los presentes que para junio de 2001 había resurgido el interés en continuar con el Proyecto del Control de Acceso y para ese propósito se había incorporado la JRRETA. Debidamente informados, la comunidad ratificó el interés de continuar con los procesos dirigidos a concluir con el Control de Acceso2.

El 22 de junio de 2005, la Asamblea eligió la nueva Junta de Directores. Además de elegir a su Presidenta, Sra. Iris Padilla Piazza, fueron elegidos tesoreros, secretarios y vocales. Desde entonces, la JRRETA realizó gestiones encaminadas a establecer el Control de Acceso, tales como comprar motores eléctricos para el portón principal y obtener donaciones de la Legislatura e incluso del Municipio de Trujillo Alto, etc. Finalmente, el 5 de enero de 2008 la JRRETA inauguró y puso en funcionamiento el Sistema de Control de Acceso. Desde el 2008 hasta el presente la JRRETA3, ha estado a cargo de la Administración de dicho Sistema, así como del Contrato de Servicio de Guardia de Seguridad, mantenimiento de las áreas, etc.

El 6 de febrero de 2008 la Sra. Myriam Mercado Berríos y otros residentes de la Urbanización (Mercado Berríos, et als.), presentaron Demanda de Injunction contra la JRRETA, el Municipio de Trujillo Alto y otros. Alegaron que el Control de Acceso constituido en dicha Urbanización no cumplía con las disposiciones de la Ley de Control de Acceso, por lo que exigieron su eliminación. Alegaron que la autorización concedida por el Municipio de Trujillo Alto para establecer el Control de Acceso le fue otorgada a la anterior Asociación de Residentes, ARREI --cuyo Certificado de Incorporación fue cancelado por el Departamento del Estado--, y no así a la actual Corporación JRRETA.

El Tribunal de Primera Instancia celebró Vistas el 26 de marzo de 2008 y el 18 de febrero de 2009, para dilucidar la procedencia del Interdicto Provisional. El 3 de abril de 2009, mediante Sentencia notificada el 4 de mayo de 2009, el Tribunal a quo desestimó la Demanda en todas sus partes e impuso el pago de las costas del litigio a Mercado Berríos, et als. Concluyó que no existió ilegalidad en el proceso de establecimiento del sistema de control de acceso de la Urbanización, pues la Resolución Núm. 13 emitida por el Municipio de Trujillo Alto, autorizando el mismo, no dispuso de un término para que se culminara la obra aprobada. Expresó que la Corporación actual de residentes, JRRETA, fue sucesora de la anterior CorporaciónARREI--, en términos de la culminación del control de acceso en la Urbanización. Añadió que el proyecto se aprobó con la anuencia de un 76.42% de los residentes, acorde con los términos normativos dispuestos en la Ley de...

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