Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Septiembre de 2012, número de resolución KLRA201200813
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201200813 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2012 |
VANESSA GARCÍA PAGÁN | | REVISIÓN ADMINISTRATIVA CASO NÚM.: B-03552-12 SOBRE: INEGIBILIDAD A LOS BENEFICIOS POR DESEMPLEO |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, el Juez Vizcarrondo Irizarry y la Jueza Colom García
Colom García, Jueza Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 26 de septiembre de 2012.
Se trata de un trámite pro se instado por la Sra. Vanessa García Pagán (García Pagán) que se presenta como Recurso de Revisión Especial al amparo de la Regla 67 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 L.P.R.A. Ap. XXII-B, R. 67.
Tal y como se advierte de autos, García Pagán trabajó como vendedora y cajera para las tiendas Me Salvé de Toa
Alta por espacio de 3 años, hasta que el 15 de marzo de 2012 ésta presentó su renuncia de la siguiente manera:
Por este medio deseo notificarle que por cambio de horario temporal de la escuela de mis hijos y de no contar con una persona que cuide de ellos en estos momentos, debo renunciar a mi empleo. Dicha renuncia será efectiva el día 17 de marzo de 2012. Le estoy muy agradecida por haberme permitido trabajar para ustedes durante los últimos tres años. Espero poder volver a servirle en el futuro. (Anejo 2.)
Así las cosas, García Pagán presentó una solicitud de beneficios de compensación por desempleo ante el Negociado de Seguridad de Empleo del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (Negociado), la cual fue denegada bajo el fundamento de que abandonó un trabajo adecuado voluntariamente y sin causa justificada.
No conforme, García Pagán acudió ante la División de Apelaciones del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (Departamento) y tras la celebración de una audiencia arbitral, quedó confirmada la previa denegatoria de los beneficios de compensación por desempleo. El laudo dispuso como sigue:
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Conclusión de Derecho y Fundamento:
La Sección 4b2 de la Ley de Seguridad de Empleo le es de aplicación en este caso.
La reclamante abandonó un trabajo adecuado, voluntariamente y sin causa justificada.
Se declara inelegible la reclamante a los beneficios de seguro por desempleo por el siguiente fundamento:
La reclamante renunció a su empleo por conflicto de horario entre su trabajo...
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